Compraventa de vehículos
La transmisión de vehículos, aeronaves y embarcaciones usados es una modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas.
Pide tu cita
Pide cita para la elaboración de autoliquidaciones. Este servicio se prestará exclusivamente al sujeto/s pasivo/s de la operación que se vaya a declarar, o a un familiar directo (ascendientes, descendientes y/o cónyuge). El día de la cita un técnico se pondrá en contacto telefónico contigo para proceder al pago y presentación electrónica
Puedes solicitar tu cita:
- Vía telemática en: https://gestiona7.madrid.org/CTAC_CITA/tributos
- A través del teléfono: 91 580 94 04 en horario de 8:00 a 15:30 horas.
- Presencialmente en la oficina de Pº general Martínez Campos, 30 en horario de 8:30 a 14:30 horas.
En el momento en el que solicites la cita debes enviarnos la escritura o documento privado donde conste la donación, ya que si no la envías NO podremos confeccionar las autoliquidaciones y tu cita será ANULADA.
Si ya tienes una cita concertada y deseas modificarla o anularla deberás hacerlo a través del enlace a cita previa.
Compraventa de vehículos
Quién declara el impuesto
El comprador del vehículo
Tipo de gravamen
En la compra de vehículo, buques y aeronaves el tipo a aplicar sobre la base imponible es el 4%, así como la constitución y cesión de derechos reales sobre los mismos, salvo los derechos reales de garantía.
Valoración de vehículos
Para los turismos, todo-terrenos, autocaravanas, motos, quads,motos naúticas, embarcaciones de recreo y motores marinos, el Ministerio de Hacienda y Función Pública aprueba cada año una Orden Ministerial donde se fijan los precios medios de venta aplicables en la gestión del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
Cómo presentar el impuesto
Puedes presentar la declaración del impuesto de forma electrónica, sin necesidad de acudir a nuestras oficinas, o bien de forma presencial, previa petición de cita.
VER VIDEO EXPLICATIVO
Puedes realizar la presentación sin necesidad de desplazarte a nuestras oficinas a través de la Oficina Virtual Tributaria. Para ello, tendrás que acceder con certificado digital reconocido por la Comunidad de Madrid, Cl@ve Pin, Cl@ve permanente, IDentifica o DNI-Electrónico.
Realizada la presentación electrónica imprime la autoliquidación del modelo 620 y continua con la tramitación en la Dirección General de Tráfico o en el Registro correspondiente.
La Oficina Virtual Tributaria informará de los casos en los que es necesario aportar documentación del vehículo que deberás adjuntar en un único PDF:
- Contrato de compraventa
- Fotocopia de la ficha técnica y del permiso de circulación del vehículo. En el caso de que se trate de embarcaciones o aeronaves la documentación que recoja los datos técnicos.
- Documentación justificativa de la exención.
PRESENTACIÓN EN LAS OFICINAS:
Si quieres presentar la autoliquidación en nuestras oficinas deberás entrar en la Oficina Virtual Tributaria y seleccionar la opción de acceso sin certificado. Ten en cuenta que esta forma de acceso sólo permite la elaboración de las autoliquidaciones debiendo efectuar el pago en la entidad bancaria y la presentación de forma presencial en alguna de nuestras oficinas, previa petición de cita:
- En la D.G. de Tributos, Pº del General Martínez Campos, nº 30 (Horario de lunes a viernes no festivos de 08:30 h. a 14:30 h).
- Oficinas Liquidadoras del Distrito Hipotecario de Madrid.
El día de la cita no olvides llevar:
- El modelo 620 debidamente cumplimentado y pagado.
- Original y fotocopia de contrato de compraventa
- Fotocopia de la ficha técnica y del permiso de circulación del vehículo. En el caso de que se trate de embarcaciones o aeronaves la documentación que recoja los datos técnicos.
CONSULTA TU OFICINA LIQUIDADORA:
Acceso a la Oficina Virtual Tributaria
Están obligados a la presentación y pago de forma electrónica de las autoliquidaciones los siguientes sujetos:
- Las personas jurídicas cuando actúen como sujeto pasivo.
- Las personas o entidades que pertenezcan a instituciones, asociaciones o colegios profesionalescon los que la Comunidad de Madrid tiene firmados Convenios de Colaboración Social en base al artículo 92.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Cómo y dónde ingresar con presentación electrónica
CÓMO INGRESAR LA AUTOLIQUIDACIÓN
El tratamiento de las autoliquidaciones se realiza de manera individual, por lo que si en una misma declaración deben elaborarse varias autoliquidaciones, podrás seleccionar lo que quieres hacer con cada una de ellas: pagarlas, aplazarlas o fraccionarlas de manera individualizada.
Puedes hacer la presentación telemática de autoliquidaciones con solicitud de aplazamiento a través de la Oficina Virtual.
La Oficina Virtual enlazará con el modelo de solicitud del aplazamiento para que se pueda presentar de forma telemática, debiendo introducirse posteriormente el número de referencia y la fecha de dicha solicitud para terminar la presentación.
Pago de deudas
Podrás pagar telemáticamente las deudas contraídas con la Comunidad de Madrid que se encuentren en periodo voluntario de pago o en periodo ejecutivo.