Resolución número 541/2025
Prescripciones técnicas. Se exige una serie de certificados de calidad a nombre de los licitadores, cuando dichos certificados se expiden a nombre de los fabricantes. El o.c. se allana.
Prescripciones técnicas. Se exige una serie de certificados de calidad a nombre de los licitadores, cuando dichos certificados se expiden a nombre de los fabricantes. El o.c. se allana.
procedimiento de licitación no susceptible de
recurso especial en materia de contratación, debido a su cuantía. Inadmisión
DISCRECIONALIDAD TÉCNICA Recurso contra la adjudicación del contrato por considerar que la adjudicataria del contrato incumple prescripciones técnicas. Desestimación. Aplicación de la doctrina de a discrecionalidad técnica y presunción de acierto de los órganos de contratación.
DISCRECIONALIDAD TÉCNICA Recurso contra adjudicación del contrato por considerar que el adjudicatario del contrato incumple prescripciones técnicas. Desestimación. Aplicación de la doctrina de la discrecionalidad técnica y presunción de acierto de los órganos de contratación.
SUBSANACIÓN OFERTA TÉCNICA. Se estima recurso interpuesto contra exclusión pues la documentación técnica omitida no incumple prescripciones técnicas ni es valorable, por lo que puede ser objeto de subsanación.
Incumplimiento prescripciones técnicas. Recurso interpuesto por tercer clasificado que alega incumplimiento de prescripciones técnicas en la oferta del adjudicatario y del segundo clasificado, constatado por este Tribunal.
Se deniega a la recurrente el acceso al expediente de contratación por no haber sido solicitado previamente ante el órgano de contratación (artículo 52 LCSP). Discrecionalidad técnica del órgano de contratación al aceptar la oferta incursa inicialmente en presunción de temeridad y determinar que los suministros ofertados cumplen con las prescripciones técnicas en base a los informes técnicos emitidos.
DISCRECIONALIDAD TÉCNICA. Recurso contra adjudicación de contrato por incumplimiento del adjudicatario de las prescripciones técnicas. Desestimación. El adjudicatario ha acreditado el cumplimiento de las prescripciones técnicas de conformidad con los pliegos, sin que sea aceptable hacer comparación con otros documentos comerciales no recogidos en los pliegos.
Corresponde al órgano de contratación determinar las necesidades que pretende satisfacer y los medios para cumplir ese objetivo, siempre dentro de los límites de la discrecionalidad técnica, circunstancia que concurre en el presente supuesto. El resto de cuestiones planteadas por la recurrente, ya han sido satisfechas por el órgano de contratación, por lo que ha desaparecido el objeto que motivó su impugnación.
DISCRECIONALIDAD TÉCNICA. Recurso contra la adjudicación del contrato por incumplimiento de las prescripciones técncias. Desestimación. No queda acreditado el incumplimiento. Doctrina sobre la discrecionalidad técnica y presunción de acierto de los órganos de contratación.