Resolución número 265/2023
Desestimación. Baja desproporcionada. No error en la valoración.
Desestimación. Baja desproporcionada. No error en la valoración.
Recurso contra pliegos de acuerdo marco para la adquisición de libros de texto para centros escolares. Desestimación. Correcta determinación del precio de mercado. El recurrente no acredita que dicho precio sea discriminatorio y limite la competencia.
El recurrente solicita que se le permita subsanar la falta de presentación del Anexo XI. Conceder este trámite implicaría una modificación de la oferta. Se desestima el recurso.
Recurso que pretende que los criterios de adjudicación sean asumibles por todas las licitadoras en plano de igualdad, confundiendo los requisitos técnicos mínimos exigidos con los criterios de valoración.
Desestimación. Notificación mediante publicación en el perfil del contratante. Artículo 19 Reglamento de Contratación de la Comunidad de Madrid.
Desestimación del recurso en aplicación del principio de cosa juzgada y en la motivación suficiente para no dividir el contrato en lotes por motivos técnicos.
Tercer clasificado pretende la anulación de la clasificación de ofertas efectuada y posterior adjudicación al primero de ellos, alegando que las ofertas en primer y segundo lugar no cumplen los requisitos técnicos exigidos. Se apoya en los criterios de adjudicación, por lo que es desestimado.
Desestimación. Legitimación Colegio de Arquitectos. El PCASP sí contempla el método de cálculo del valor estimado.
Desistimiento del recurrente al recurso presentado. Se da por terminada la tramitación del recurso especial. Artículos 84 y 94.4 de la LPACAP.
Se recurre la exclusión del licitador por no presentar la garantía en plazo. Del análisis del expediente se comprueba que el recurrente ha actuado con la diligencia debida y que la garantía presentada un día después no son por causas imputables a él. Se estima el recurso.