Preguntas frecuentes de consumo
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¿Qué ocurre si no se realiza la inspección del gas?
Si el titular de la instalación no realiza la inspección periódica, la empresa distribuidora lo comunicará al órgano competente de la Comunidad Autónoma (en el caso de la Comunidad de Madrid, la Dirección General de Industria, Energía y Minas) al titular de la instalación y a la empresa comercializadora que venía efectuando el suministro.
Se podría proceder a la suspensión del suministro hasta la presentación del correspondiente certificado.
¿Qué es el Certificado de Revisión Periódica?
Es el documento en el que se acredita la realización de la revisión periódica y que no se ha encontrado ningún defecto. Lo extiende la empresa instaladora autorizada.
¿Cómo puedo subsanar las anomalías detectadas durante la inspección?
El usuario de la instalación deberá contratar los servicios de una empresa instaladora habilitada de gas o del Servicio de Asistencia Técnica del fabricante, en caso de que la anomalía se presente en un aparato a gas.
Una vez subsanada, ese agente rellenará el justificante de corrección de anomalías, lo entregará al titular o usuario y restablecerá el suministro en caso de que se hubiera interrumpido a toda o parte de la instalación salvo que la interrupción se realizara en la llave de acometida, en cuyo caso tendría que intervenir en la reposición la empresa distribuidora.
También se debe comunicar el justificante de corrección de anomalías a la compañía distribuidora.
¿Qué sucede si se detectan anomalías en la inspección de gas?
En caso de que se detecten anomalías durante la inspección, ninguno de los agentes que la realicen puede proceder a su reparación (empresa distribuidora o empresa instaladora), sino que entregarán al usuario un informe de anomalías.
Además, en caso de que el agente que realice la inspección detecte una anomalía principal, se deberá interrumpir el suministro de gas y se precintará la parte de la instalación pertinente o el aparato afectado.
¿Cuándo me tienen que avisar para realizar la inspección de gas?
Con una antelación mínima de tres meses.
¿Quién me tiene que avisar de cuándo tengo que hacer la inspección periódica de gas canalizado?
La empresa distribuidora a la que tenga conectada mi red
¿Cuándo tengo que hacer una inspección periódica de gas?
Cada 5 años, dentro del año natural en que se produzca el vencimiento de este período.
Una empresa ha venido a mi domicilio para hacer la inspección o la revisión de la instalación del gas, sin haberme avisado antes. ¿Qué debo hacer?
Si la empresa dice ser nuestra distribuidora de gas, debería haber avisado antes de presentarse en el domicilio, con al menos cinco días de antelación, informando al usuario del envío de un inspector para revisar la instalación. Si tiene dudas, llame a su compañía distribuidora y pregunte.
En el caso del gas envasado o a granel, la empresa avisará a los usuarios de la fecha en que deben efectuar, contratando una empresa instaladora habilitada por su cuenta, la revisión.
Por lo tanto, si no se recibe esa comunicación informando de la visita, es recomendable que no deje entrar a nadie.
Una empresa ha venido a mi domicilio para hacer la inspección o la revisión de la instalación del gas, sin haberme avisado antes. ¿Qué debo hacer?
Si la empresa dice ser nuestra distribuidora de gas, debería haber avisado antes de presentarse en el domicilio, con al menos cinco días de antelación, informando al usuario del envío de un inspector para revisar la instalación. Si tiene dudas, llame a su compañía distribuidora y pregunte.
En el caso del gas envasado o a granel, la empresa avisará a los usuarios de la fecha en que deben efectuar, contratando una empresa instaladora habilitada por su cuenta, la revisión.
Por lo tanto, si no se recibe esa comunicación informando de la visita, es recomendable que no deje entrar a nadie.
Voy a alquilar mi piso y el inquilino me pide poner el contrato del suministro eléctrico a su nombre. ¿Es posible?
Sí. El consumidor que esté al corriente de pago podrá traspasar su contrato a otro consumidor que vaya a hacer uso del mismo en idénticas condiciones. El titular lo pondrá en conocimiento de la empresa distribuidora mediante comunicación que permita tener constancia a efectos de expedición del nuevo contrato.

