Preguntas frecuentes de consumo
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¿Qué costes tengo que pagar por la inspección de gas?
Hay que pagar al distribuidor unos gastos de gestión fijados por el Gobierno (12,8 € más IVA, es decir, 15,49€) y a la distribuidora o a la empresa instaladora, según quien realice la inspección, unos gastos de inspección física.
Si decide hacer la inspección con su distribuidora, sepa que existen unas tarifas máximas establecidas (Madrileña Red de Gas, Nedgia, Redexis), y, a partir del 8 de julio de 2019 (artículo 11.1), el precio de la inspección física será, en el caso de las instalaciones de menos de 70 kW, de 30 € más IVA (36,3 €)
Si decide hacer la inspección con una empresa instaladora autorizada, los precios de la inspección física son libres.
El importe se cobrará, independientemente de con quien realice la inspección, en la siguiente factura de gas. Nunca debe pagar nada en mano a la persona que realice la inspección.
¿Tengo que pagar a la persona que me realice la inspección de gas?
No. La empresa comercializadora cobrará el importe de la inspección en la siguiente factura.
¿Qué tengo que tener en cuenta al contratar el suministro de gas por teléfono o por internet?
La empresa debe enviarle por escrito, o en soporte duradero, un documento donde figuren todos los términos y condiciones del contrato.
Si lo que solicita es la baja del suministro, la compañía debe enviarle una comunicación donde conste desde que fecha es efectiva la baja.
Contraté el suministro de gas por teléfono, pero he cambiado de idea. ¿Puedo desistir del contrato?
Sí. Usted puede desistir del contrato en un plazo de catorce días naturales, desde que reciba el documento donde figuren todos los términos y condiciones del contrato, sin necesidad de dar ninguna explicación y sin penalización.
Quiero cambiar la tarifa que contraté hace un año en el mercado regulado, ¿la empresa de gas puede impedírmelo?
No. En el mercado regulado, usted tiene derecho a cambiar, una vez al año, de tarifa o de caudal diario máximo contratado.
¿Cuál es la duración de un contrato de suministro de gas?
La duración del contrato en el mercado regulado es de un año, prorrogándose tácitamente por plazos iguales. No obstante, puede darse de baja cuando quiera, siempre que lo comunique con una antelación de seis días hábiles a la fecha en que quiera que la baja sea efectiva.
En el mercado libre, la duración y el preaviso de baja, dependerá de las condiciones que haya acordado con la compañía.
¿Cómo puedo saber si una empresa de gas está autorizada?
Debe estar inscrita en la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid. Puede acceder, pinchando en el enlace, al buscador de empresas habilitadas.
¿Cuánto cuesta realizar este mantenimiento?
El precio de las operaciones de mantenimiento es libre y lo abona el usuario. Es recomendable pedir un presupuesto previo.
¿Es necesario suscribir un contrato de mantenimiento?
No. En el caso de las instalaciones domésticas individuales de gas canalizado (potencia inferior a 70kW) no existe obligación de suscribir un contrato de mantenimiento. Los consumidores de gas envasado en botellas o envases tampoco tienen obligación de tener un contrato de mantenimiento.
Los consumidores de gas envasado a granel, por el contrario, sí deben tener un contrato de mantenimiento con una empresa instaladora de gas habilitada, con servicio de urgencias permanente, que se encargue del mantenimiento y control periódico de las instalaciones. La empresa debe dejar constancia de cada actuación en el libro de mantenimiento.
¿Cada cuánto tiempo hay que hacer el mantenimiento de las calderas y otras instalaciones térmicas?
En el caso de las calderas murales domésticas de gas natural o GLP con una potencia inferior o igual a 70kW, con la periodicidad que establezca el "Manual de uso y mantenimiento", si existe. Al menos, la periodicidad será cada dos años.
En el resto de instalaciones de calefacción (gasóleo, electricidad, etc.) de potencia inferior o igual a 70 kW, el mantenimiento es, como mínimo, anual.

