Ayudas para el fomento de la movilidad cero emisiones en la Comunidad de Madrid
Fomento de la movilidad cero emisiones para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y mejorar la calidad del aire.
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INFORMACIÓN SOBRE AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA MOVILIDAD CERO EMISIONES EN LA COMUNIDAD DE MADRID
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Normas reguladoras
La Comunidad de Madrid ha aprobado las nuevas normas reguladoras para el fomento de la movilidad cero emisiones en la región por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 21 de abril de 2021.
Las normas reguladoras se han publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) el 19 de mayo de 2021.
Las principales novedades de las normas reguladoras son las siguientes:
- Se introducen mejoras para:
- Facilitar la presentación de solicitudes a los ciudadanos.
- Agilizar la tramitación de los expedientes.
- Se amplían los vehículos objeto de subvención:
- Nueva línea destinada a subvencionar la adquisición de motocicletas eléctricas (categorías L3e, L4e y L5e).
- Se amplían los destinatarios de las ayudas:
- Las PYMES (microempresas) y autónomos pueden presentar hasta 5 solicitudes por la adquisición de bicicletas, ciclomotores y/o motocicletas.
- Se simplifican los requisitos técnicos de los vehículos.
- Menos requisitos que pueden acreditarse mediante una declaración responsable presentada por el solicitante.
¿Cuáles son las líneas de estas ayudas?
- Achatarramiento de un vehículo sin distintivo ambiental de la DGT o de más de 10 años para la obtención de un Bono ambiental cero emisiones:
- 1.250 euros, convertibles en kilómetros, minutos u otros costes, a consumir en un máximo de 24 meses en empresas de carsharing y motosharing adheridas al Convenio de colaboración firmado entre la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, la Asociación Empresarial para el Desarrollo e Impulso del Vehículo Eléctrico (AEDIVE) y las empresas de movilidad compartida:
- Wib Advance Mobility, S.L.
- car2go Iberia S.L.
- ACCIONA MOBILITY, S.A.
- Cooltra Motosharing S.L.U.
- Car Sharing Mobility Services, S.L.
- Free2move Iberia SAU
- GOTO GLOBAL MOBILITY SPAIN, S.L.
- VOLTIO by MUTUA
- Adquisición de vehículos eléctricos nuevos:
- Bicicletas de pedales con pedaleo asistido: hasta el 50% del precio de adquisición (sin accesorios ni impuestos), con un máximo de 600 euros.
- Patinetes: hasta el 50% del precio de adquisición (sin accesorios ni impuestos), con un máximo de 150 euros.
- Ciclomotores de dos ruedas de la categoría L1e-B: hasta el 50% del precio de adquisición (sin accesorios ni impuestos),con un máximo de 700 euros.
- Motocicletas de las categorías L3e, L4e y L5e: hasta el 50% del precio de adquisición antes de impuestos, con un máximo de 1.000 euros.
¿A quién van dirigidas?
- Personas físicas, mayores de edad, residentes en municipios de la Comunidad de Madrid. Pueden recibir a lo largo de todo el programa:
- 1 ayuda por la adquisición de 1 vehículo: bicicleta, patinete, ciclomotor o motocicleta eléctrica.
- 1 bono ambiental por el achatarramiento de un solo vehículo.
- Profesionales autónomos y microempresas (que ocupen a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual no supere los 2 millones euros). Pueden recibir a lo largo de todo el programa:
- Hasta 5 ayudas por la adquisición de bicicletas, ciclomotores o motocicletas eléctricas.
¿Cuál es el periodo subvencionable?
Vehículos eléctricos adquiridos o turismos achatarrados:
- Desde la fecha de la publicación de las normas reguladoras en el BOCM hasta la fecha de finalización del programa de ayudas (31 de diciembre de 2023).
- Entre el 16 de noviembre de 2020 y la fecha de publicación en el BOCM de estas normas reguladoras.
¿Cuál es el plazo de presentación de solicitudes?
- El plazo estará abierto a lo largo de todo el programa de ayudas.
- Las solicitudes se pueden presentar a partir del día siguiente al de la publicación de las normas reguladoras en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (20 de mayo de 2021), en el plazo máximo de tres meses desde la fecha en que se produzca la compra del vehículo o el achatarramiento del turismo por el cual se solicita la ayuda.
- En el caso de los vehículos adquiridos o achatarrados entre el 16 de noviembre de 2020 y el 20 de mayo de 2021, las solicitudes se pueden presentar en el plazo máximo de tres meses a partir del día siguiente a la publicación de las normas reguladoras en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (20 de mayo de 2021).
¿Cuál es el presupuesto disponible para las ayudas?
En 2021 se aprobó un presupuesto de 2.000.000 €, a repartir entre todas las líneas en función de la demanda. (Orden 861/2021, de 22 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad).
Posteriormente, en el año 2022 el presupuesto aprobado fue de 2.028.000 €. (Orden 985/2022, de 22 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) y en el 2023 se aprobó un presupuesto de 2.700.000 € para financiar las ayudas para el fomento de la movilidad cero emisiones en la Comunidad de Madrid (Orden 1143/2023, de 18 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura).
El crédito presupuestario aprobado para atender las obligaciones de contenido económico derivadas de la concesión de las ayudas para el 2024 es de 431.327,59 € (Orden 1339/2024, de 18 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior).
Bicicletas con sistema de asistencia al pedaleo
Patinetes eléctricos
Ciclomotores eléctricos
Motocicletas eléctricas
Bono ambiental de movilidad cero emisiones
Para adquirir el bono ambiental es necesario la baja definitiva y achatarramiento de un turismo de la categoría M1, sin distintivo ambiental de la Dirección General de Tráfico o con más de diez años de antigüedad (desde la fecha comprendida entre su primera matriculación y el achatarramiento del vehículo).