• 5º Premio de Música Ciudad de Badajoz 2024.

    Titulo: 5º Premio de Música Ciudad de Badajoz 2024.
    Convoca: Ayuntamiento de Badajoz.
    Plazo: Hasta el 09 de septiembre de 2024.
    Información:
    • Cada compositor podrá presentar un único trabajo.
    • Deberán ser originales e inéditas, entendiéndose como tales, aquellas que sean de nueva creación, que no sean copia, modificación o versión de otra u otras existentes. El Excmo. Ayuntamiento de Badajoz se exime de cualquier responsabilidad derivada del plagio o de cualquier otra transgresión de la legislación vigente en materia de propiedad intelectual en España, en la que pudieran incurrir los concursantes con sus obras.
    • Las composiciones deberán plasmar una visión o imagen musical concreta siendo el tema sobre el que versará la composición Los Puentes de Badajoz.
    • No podrán haber sido fruto de un encargo remunerado ni premiada en algún otro concurso, ni haber sido interpretada anteriormente en concierto o acto público, ni siquiera alguna de sus partes (si las tuviese), ni con el título actual ni con cualquier otro, ni retransmitida por cualquier medio de difusión.
    • Si una vez presentado la obra a concurso, se produjera cualquier cambio respecto al carácter inédito, así como esta obtuviese algún premio en las fechas anteriores al fallo, el autor deberá comunicarlo obligatoriamente a la organización de este premio y su composición estará excluida automáticamente.
    • La forma de la obra será en un único movimiento, entre 8 minutos como mínimo y 15 minutos como máximo.
    • Deberán ser sin instrumento solista y con arreglo al Modelo de Plantilla que se detalla a través del enlace web.
    Requisitos:
    • Compositores de cualquier nacionalidad o residencia, mayores de 18 años.
    • No podrán participar aquellas personas en las que concurran alguna de las siguientes circunstancias:
    • Que haya resultado premiado en las dos últimas ediciones de este premio.
    • No podrán obtener la condición de beneficiario las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de Ley 38/2003 General de Subvenciones. Asimismo, tampoco podrán obtener esta condición las personas que sean deudoras del Ayuntamiento de Badajoz o de sus entes dependientes por conceptos distintos de los tributarios.
    Dotación: Se otorgará un Primer Premio de 4.000 euros y un trofeo.
    Modificación: 2024-07-01T08:00:00Z