Permiso para tratamientos de fecundación asistida, exámenes prenatales, técnicas de preparación al parto y asistencia a sesiones previas a la declaración de idoneidad de la adopción o acogimiento, o guarda con fines de adopción.

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Mano de recién nacido coge un dedo de su madre
Permiso para la realización de tratamientos de fecundación asistida, exámenes prenatales y las técnicas de preparación al parto, así como para la asistencia a sesiones previas a la declaración de idoneidad de la adopción o acogimiento, o guarda con fines de adopción.

Hecho causante

Los funcionarios/as docentes tendrán derecho a un permiso para la realización de tratamientos de fecundación asistida, exámenes prenatales y las técnicas de preparación al parto.

Asimismo, los funcionarios/as docentes tendrán derecho a un permiso para la asistencia a las preceptivas sesiones de información y preparación, y para la realización de los preceptivos informes psicológicos y sociales, previos a la declaración de idoneidad de la adopción o acogimiento, o guarda con fines de adopción.

Efectos y duración

La ausencia será por el tiempo mínimo indispensable.

Efectos retributivos

El permiso es retribuido. 

Requisitos

La concesión de este permiso quedará condicionada a la justificación previa de la necesidad de realización de dichos tratamientos o de la asistencia a las sesiones previas a la declaración de idoneidad, dentro de la jornada de trabajo.

Además, deberá presentarse justificante de asistencia al tratamiento o a las sesiones.

Tipo de concesión

Reglada (se otorga siempre que se den el hecho causante y los requisitos correspondientes). 

Fecha de inicio

La del hecho causante y, si éste no exige la ausencia durante toda la jornada, en el período mínimo necesario. 

Procedimiento

La solicitud se dirigirá al Director del centro en el que preste servicios.

Resuelve el Director del centro en que preste servicio el empleado público, por delegación del Director General de Recursos Humanos. Si el Director no considerara acreditados el hecho causante y/o los requisitos, procederá a la denegación del mismo, en el plazo de tres días hábiles desde la solicitud. 

Al interesado.

La solicitud se dirigirá al Director del centro en el que preste servicios.

Resuelve el Director del centro en que preste servicio el empleado público, por delegación del Director General de Recursos Humanos. Si el Director no considerara acreditados el hecho causante y/o los requisitos, procederá a la denegación del mismo, en el plazo de tres días hábiles desde la solicitud. 

Al interesado.

Normativa

Formularios

Solicitud del permiso y resolución [PDF - 1.13 MB]

Solicitud del permiso y resolución (sólo directores) [PDF - 980.33 KB]

  • Ayuda para la presentación de la solicitud