Permiso por matrimonio de un familiar

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silueta de familia de padres con hijos
Permiso por matrimonio de un familiar

Hecho causante

La celebración del matrimonio o unión de hecho acreditada legalmente de padres, hijos, hermanos, hermanos políticos y nietos del funcionario.

Efectos y duración

Permiso por ausencia al trabajo el día de su celebración. 

Efectos retributivos

Con derecho a retribuciones.

Tipo de concesión

Reglada (se otorga siempre que se den el hecho causante y los requisitos correspondientes). 

Fecha de inicio

La del hecho causante. 

Procedimiento

​La solicitud deberá presentarse en el propio centro educativo donde preste servicio, al menos con siete días de antelación. 

A posteriori, se deberá presentar documento acreditativo que acredite el matrimonio o la unión y el parentesco del funcionario con uno de los contrayentes.

 

Resuelve el Director del centro donde preste servicio el funcionario por delegación del Director General de Recursos Humanos. Si el Director no considerara acreditados el hecho causante y/o los requisitos, procederá a la denegación del mismo, en el plazo de tres días hábiles desde la solicitud. 

La resolución se notificará al interesado.

 

​La solicitud deberá presentarse en el propio centro educativo donde preste servicio, al menos con siete días de antelación. 

A posteriori, se deberá presentar documento acreditativo que acredite el matrimonio o la unión y el parentesco del funcionario con uno de los contrayentes.

 

Resuelve el Director del centro donde preste servicio el funcionario por delegación del Director General de Recursos Humanos. Si el Director no considerara acreditados el hecho causante y/o los requisitos, procederá a la denegación del mismo, en el plazo de tres días hábiles desde la solicitud. 

La resolución se notificará al interesado.

 

Normativa

Formularios

Solicitud del permiso y resolución [PDF - 725.29 KB]

Solicitud del permiso y resolución (Sólo para directores) [PDF - 175.18 KB]

  • Ayuda para la presentación de la solicitud