
Enseñanza no reglada
La enseñanza no reglada es aquella que se imparte en centros privados y que conlleva la obtención de un título sin valor oficial.
Existen varias modalidades en función del centro y el tipo de curso, de manera que podemos encontrar formación presencial, a distancia o puede combinar ambos estilos.
Academias que imparten cursos para aprender un idioma, centros que ofrecen formación para mejorar en un área laboral o escuelas que preparan a los alumnos para obtener una certificación o carnet profesional, son algunos ejemplos de este tipo de servicios.
Impartidas principalmente en academias y centros no oficiales, a partir de 2004, en la Comunidad de Madrid, la enseñanza no reglada queda regulada a través del Decreto 84/2004, en el que se la protección de los usuarios de este tipo de servicios, incidiendo principalmente en el derecho de información y protección económica que los centros deben ofrecer al alumno.
Información previa
Toda la publicidad sobre los cursos que imparten las academias ha de ser veraz y no puede utilizar términos que induzcan a error al consumidor en cuanto a la naturaleza del centro, la identidad de su titular o el carácter del título que se entregue al terminar los estudios.
Todas las academias tienen la obligación de incluir en sus anuncios y folletos publicitarios la siguiente leyenda: "Enseñanzas que no conducen a la obtención de un título con valor oficial".
Folletos informativos
Las academias están obligadas a tener a disposición del público folletos o documentos informativos, escritos al menos en castellano, sobre los cursos y la financiación de estos. En función del tipo de folleto que se facilite, deben incluir como mínimo, la siguiente información:
Carteles informativos
Asimismo, en el interior de los centros, puede encontrarse, en castellano y en la zona de más tránsito, un tablón de anuncios, con información general sobre el centro.
Entre otros, puede incluir la siguiente información:
Información en el cartel
- Nombre y domicilio del titular o responsable del centro.
- Relación de los cursos que se imparten.
- Precio total del curso y su forma de pago: por adelantado, al contado o mediante cualquier fórmula de financiación ofertada por el propio centro o por terceros.
- Horario de atención al público.
- La existencia o no de un período para la posible renuncia del contrato y, en su caso, plazo y forma de realizarla.
- Si el centro está o no adherido al Sistema Arbitral de Consumo.
Además de lo anterior, en el tablón de anuncios pueden ir incluidas las siguientes leyendas:
Leyendas
- «Las partes tienen derecho a exigir la formalización de un contrato».
- «Las enseñanzas impartidas por este centro no conducen a la obtención de un título con validez oficial».
- «Los folletos o documentos informativos sobre los cursos impartidos, precios y modalidades de pago, así como los modelos de contratos utilizados por el centro, en su caso, están a disposición del público en...»
- «El texto completo del Decreto que regula el derecho a la información y los derechos económicos de los alumnos se encuentra a disposición del público en...»
- «Existen hojas de reclamaciones a disposición del usuario que las solicite».
Información en páginas web
Recuerde que, cuando realice búsquedas de cursos a través de internet, los centros que celebren los contratos de enseñanza o realicen estas ofertas educativas a través de internet u otros sistemas a distancia deberán incluir en su dirección, página web u otros soportes en los que realicen la oferta, toda la información antes indicada para el tablón de anuncios.
Financiación y formas de pago
Cuando se realiza un curso de enseñanza no reglada la academia o centro puede ofrecerle diferentes modalidades de pago, así como la posibilidad de financiar o no el pago; si decide hacerlo, recuerde que tiene derecho a suscribir el préstamo con la entidad financiera que prefiera.
En cuanto a las formas o modalidades de pago, estas son las más frecuentes:
Derecho a un contrato por escrito
Es obligatorio que, antes del comienzo del curso o las clases, se firme un contrato de enseñanza con el alumno, que irá acompañado de folletos informativos, cuyo contenido se deberá cumplir aunque no venga recogido expresamente en el contrato. En caso de que financie el curso, también se le entregará el contrato de financiación.
Además, los centros están obligados a proporcionar a los alumnos una factura, un recibo o un justificante de todos los pagos que realicen.
Derecho de desistimiento
Recuerde que cuando el contrato se firme fuera de los locales de la academia (por ejemplo, en el centro de trabajo, por internet), deberá recibir un documento de desistimiento junto a su contrato, que es lo que le permitirá poner fin al mismo, si lo desea y sin tener que alegar ninguna causa, dentro de los 14 días naturales siguientes a la recepción del material.
Seguimiento del curso y expedición de diplomas
Si el alumno lo solicita, los centros están obligados a entregarle un certificado sobre el rendimiento y el grado de aprovechamiento del curso. En este diploma se hará constar: