Permiso para la adaptación progresiva de la jornada laboral
Concepto
El personal estatutario que se reincorpore al servicio activo tras la finalización de un tratamiento de radioterapia o quimioterapia, podrá solicitar una adaptación progresiva de su jornada de trabajo ordinaria con carácter retribuido. La administración concederá esta adaptación cuando la misma coadyuve a la plena recuperación funcional de la personal o evite situaciones de especial dificultad o penosidad en el desempeño de su trabajo.
Esta adaptación podrá extenderse hasta un mes desde el alta médica, prorrogable por causas justificadas por dos períodos de dos meses. Podrá afectar hasta un 35% de duración de su jornada ordinaria el primer mes, y un 25% los restantes. La solicitud irá acompañada por la documentación que aporte el interesado para acreditar la existencia de esta situación. La administración deberá resolver motivadamente.