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Aprobación: 12/06/2025

DICTAMEN del Pleno de la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid, en su sesión de 12 de junio de 2025, aprobado por unanimidad, sobre la consulta formulada por el alcalde de Batres, al amparo del artículo 5.3 de la Ley 7/2015, de 28 de diciembre, en el procedimiento de revisión de oficio del Acuerdo de Funcionarios del Ayuntamiento de Batres, aprobado por el Pleno municipal, en sesión celebrada el 31 de marzo de 2023.

Aprobación: 27/03/2025

DICTAMEN del Pleno de la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid, en su sesión de 27 de marzo de 2025, aprobado por unanimidad, sobre la consulta formulada por el alcalde de Batres, al amparo del artículo 5.3 de la Ley 7/2015, de 28 de diciembre, en el procedimiento de revisión de oficio del Acuerdo Regulador de las condiciones de trabajo del personal funcionario del Ayuntamiento de Batres, aprobado por el Pleno del citado ayuntamiento en sesión celebrada el 31 de marzo de 2023.

Aprobación: 24/11/2020

DICTAMEN del Pleno de la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid, emitido por unanimidad en su sesión de 24 de noviembre de 2020, sobre solicitud formulada por el alcalde de Batres, a través del consejero de Vivienda y Administración Local, al amparo del artículo 5.3 de la Ley 7/2015, de 28 de diciembre, sobre revisión de oficio de la licencia de segregación de una parcela.

Aprobación: 13/06/2019

DICTAMEN del Pleno de la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid, emitido por unanimidad en su sesión de 13 de junio de 2019, sobre solicitud formulada por el alcalde de Batres a través del vicepresidente, consejero de Presidencia y portavoz del Gobierno de la Comunidad de Madrid al amparo del artículo 5.3 de la Ley 7/2015, de 28 de diciembre, de la Comunidad de Madrid, sobre revisión de oficio de la licencia de segregación de una parcela.

Aprobación: 09/06/2016

DICTAMEN del Pleno de la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid, aprobado por unanimidad en su sesión de 9 de junio de 2016, emitido ante la consulta formulada por el alcalde de Batres a través del consejero de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio al amparo del artículo 5.3 de la Ley 7/2015, de 28 de diciembre, en el procedimiento de responsabilidad patrimonial promovido por D. ……. y Dña. …... (en adelante “los reclamantes” o “los interesados”) en relación con la demolición de la vivienda sita en la calle A nº aaa-B, de la localidad de Batres.

Aprobación: 21/04/2016

DICTAMEN del Pleno de la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid, emitido por unanimidad en su sesión de 21 de abril de 2016, sobre solicitud formulada por el alcalde de Batres a través del consejero de Medio Ambiente y Administración Local al amparo del artículo 5.3.f).b de la Ley 7/2015, de 28 de diciembre, de la Comunidad de Madrid, sobre revisión de oficio de la licencia de segregación de una parcela.

Aprobación: 23/03/2011

DICTAMEN de la Comisión Permanente del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, de 23 de marzo de 2011, emitido ante la consulta formulada por el Alcalde de Batres, sobre resolución del contrato de consultoría y asistencia técnica para asesoramiento jurídico en el proceso para la posible recepción de las obras de urbanización en las Urbanizaciones de Cotorredondo, Montebatres y Los Olivos. Conclusión: Procede la resolución.

Aprobación: 02/02/2011

DICTAMEN de la Comisión Permanente del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, de 2 de febrero de 2011, emitido ante la consulta formulada por el Alcalde de Batres, sobre resolución del contrato de consultoría y asistencia técnica para asesoramiento jurídico en el proceso para la posible recepción de las obras de urbanización en las Urbanizaciones de Cotorredondo, Montebatres y Los Olivos.Conclusión: El procedimiento ha caducado. Podría incoarse un nuevo procedimiento y concurriría causa de resolución.

Aprobación: 20/01/2010

DICTAMEN emitido ante la consulta formulada por el Alcalde de Batres sobre resolución del contrato de consultoría y asistencia técnica para asesoramiento jurídico en el proceso para la posible recepción de las obras de urbanización en las Urbanizaciones de Cotorredondo, Montebatres y Los Olivos.Conclusión: La resolución del contrato adolece de nulidad radical.
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