Resolución número 211/2024
Inadmisión. Recursos contra ejecución de Resolución anterior del Tribunal. Es extemporáneo: la primera adjudicación no fue recurrida.
Inadmisión. Recursos contra ejecución de Resolución anterior del Tribunal. Es extemporáneo: la primera adjudicación no fue recurrida.
Se inadmite el recurso por impugnarse la propuesta de adjudicación acordada por la mesa de contratación. El acto no es susceptible de recurso al no ser un acto de trámite cualificado.
Se impugna el CPV que consta en los pliegos por limitar la concurrencia. El órgano de contratación se allana a la pretención de la recurrente proponiendo nuevos CPV que son más idóneos de acuerdo con el objeto del contrato. Se estima parcialmente el recurso.
Inadmisión de recurso por extemporáneo. Presentación en registro general del Estado dirigido al TACRC. No existe comunicación a este Tribunal de la presentación del recurso. Entrada en registro de este Tribunal fuera de plazo. Artículo 51.3 LCSP y 18 del RPERC
Recurso contra la adjudicación del contrato por haber presentado oferta económica por encima del tipo de licitación. Desestimación. Error en la oferta subsanable. Aplicación de la doctrina antiformalista en aclaración de oferta económica. No hay modificación de oferta en la aclaración.
Se impugna el incumplimiento del requisito de los pliegos que exige visita instalaciones. La visita estaba realizada, pero no certificada. No puede hacerse depender la adjudicación del cumplimiento del requisito formal cuando el requisito material de la visita se cumple.
Inadmisión de recurso interpuesto contra lo que la recurrente considera "acto de exclusión" y no es más que el informe técnico que propone su exclusión. Acto de trámite no cualificado. (Se recurre después exclusión en adjudicación y se resuelve acumulado). Desestimación de recurso interpuesto contra la exclusión por incumplimiento de prescripciones técnicas (que se constata) dentro del acto de adjudicaci
Estimación. No cumple con las prescripciones técnicas según reconoce ahora el órgano de contratación.
Recurso contra la adjudicación del contrato por incumplimiento de las prescripciones técnicas del adjudicatario. Desestimación. No queda acreditado el incumplimiento. Doctrina de la dicrecionalidad técnica y presunción de acierto de los órganos de contratación.
Desistimiento tras no subsanación.