Resolución número 378/2024
Solvencia. Empresa de nueva creación. No acredita de forma alguna su solvencia. Los pliegos no incluían diferencias de acreditación de solvencias para estas empresas.
Solvencia. Empresa de nueva creación. No acredita de forma alguna su solvencia. Los pliegos no incluían diferencias de acreditación de solvencias para estas empresas.
Proposiciones técnicas - Incumplimiento. Desestimación de recurso contra adjudicación por incumplimiento requisitos técnicos en presentación planos documentación técnica y motivación insuficiente admisión justificación baja temeraria. Aplicación doctrina actos propios, pues la recurrente incumple la misma prescripción al presentar su oferta. Motivación suficiente que no debe ser exhaustiva en caso de admisión de justificación de oferta.
Cumplimiento de requisitos técnicos y su determinación. Proposiciones técnicas - Incumplimiento. Recurso contra adjudicación de contrato por incumplimiento de prescripciones técnicas. Estimación. El marcado CE exigido está caducado a la fecha de finalización del plazo de presentación de las ofertas. Doctrina pliegos ley del contrato. Artículo 139.1 LCSP.
Cumplimiento de requisitos técnicos y su determinación. Proposiciones técnicas - Incumplimiento. Desestimación de recurso pues se confirma el incumplimiento de prescripciones técnicas. Pliegos son ley del contrato.
Legitimación. Discrecionalidad técnica. Desestimación de recurso interpuesto por tercer clasificado que alega incumplimiento de prescripciones técnicas por las dos ofertas que le preceden en la clasificación. No se aprecia incumplimiento respecto del segundo clasificado, atendiendo a los pliegos como Ley del contrato. Confirmado cumplimiento del tercer clasificado, no estaría legitimado para impugnar valoración de adjudicatario pues no podría obtener adjudicación.
Cumplimiento de prescripciones técnicas. Discrecionalidad técnica. Considera el recurrente que su oferta que ha sido excluida cumple con los requisitos técnicos exigidos. Los informes tecnecios elaborados sostiene lo contrarios, justificando su posición, por lo que en aras del principio de discrecionalidad técnica se desestima el recurso
Cumplimiento de prescripciones técnicas. Veracidad informes técnicos. El recurrente sin pruebas mas allá de las fichas técnicas publicas de diversos equipos se opone a la admisión de la oferta del adjudicatario al considerar que no cumplen los equipos ofertados con las prescripciones técnicas exigidas. Se desestima en base a los informes técnicos elaborados que confirman el cumplimiento de los equipos.
Cumplimiento de requisitos técnicos y su determinación. Recurso contra exclusión de licitador por incumplimiento de prescripciones técnicas. Desestimación. Queda acreditado su incumplimiento. Pliegos ley de contrato. Artículo 139.1 LCSP.
Valor estimado. Admisibilidad del Recurso. Actos recurribles. Reclamación contra propuesta adjudicación de la mesa de un contrato derivado dentro del sistema dinámico de adquisición. Inadmisión. El valor estimado del contrato derivado está por debajo de los umbrales exigidos por el RDLCSE. Aplicación analógica de los contratos derivados de acuerdos marco.
Allanamiento. Recurso contra adjudicación por incumplimiento de prescripciones técnicas. Allanamiento órgano de contratación. Doctrina de la discrecionalidad técnica. Estimación del recurso.