Resolución número 008/2022
Estimación de recurso de suministros médicos. Ante una oferta económica formulada con tres decimales, el órgano de contratación debe proceder al redondeo a dos decimales antes de valorar el criterio precio.
Estimación de recurso de suministros médicos. Ante una oferta económica formulada con tres decimales, el órgano de contratación debe proceder al redondeo a dos decimales antes de valorar el criterio precio.
Desestimación del recurso. Alega incumplimiento de prescripciones técnicas de las ofertas presentadas, cuestiones que ya se valoraron en el acuerdo de homologación de las empresas, siendo ese acto el que debería haberse impugnado.
Se desestima recurso contra exclusión lotes del acuerdo marco. No es posible sustituir el bien a suministrar antes de la adjudicación, en plazo de licitación.
Se inadmite el recurso por falta de legitimación. El recurrente está clasificado en cuarto lugar y no realiza ninguna alegación respecto de los dos licitadores mejor clasificados que él, por lo que ante una hipotética estimación del recurso no obtendría ningún beneficio.
Contratos basados en acuerdo marco. No cabe recurso por la cuantía
Se impugna la adjudicación del contrato alegando diversas cuestiones, tales como incumplimiento de prescripciones técnicas, falta de solvencia, contaminación de la oferta, baja temeraria.Se estima parcialmente el recurso al no haberse emitido el correspondiente informe técnico sobre la justificación de la baja temeraria de conformidad con el artículo 1494 de la LCSP.
Desestimación. No puede fundar en documentos no obrantes en el expediente el incumplimiento de las prescripciones técnicas.
Inadmisión de recurso contra los pliegos de condiciones por haber presentado la oferta previamente al recurso especial en materia de contratación
Desestimación de recurso sobre los pliegos de condiciones de un contrato de suministro de productos de fluidoterapia que utiliza un solo criterio de adjudicación al tratarse de productos de uso muy corriente y perfectamente definidos. El recurrente pretende la inclusión de mas criterios de adjudicación
Desestimación de recurso contra exclusión en adjudicación de lote de acuerdo marco de suministro. No procede la inadmisión según art. 55 LCSP. El PCAP dispone la presentación de muestras junto con la proposición. No procede subsanación en virtud de los principios de igualdad, no discriminación publicidad y transparencia, arts. 1, 132 y 139 LCSP.