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Suelo recibir en mi casa mucho correo comercial. ¿Hay alguna manera de evitar que mis datos entren en un fichero desde el que me puedan enviar publicidad todas las empresas que quieran?
Sí, existe un servicio de exclusión publicitaria denominado "Listas Robinson". En ella, se incluyen personas que han expresado su deseo de no recibir publicidad. Los responsables de los ficheros están obligados a informar al ciudadano que manifieste su negativa u oposición a recibir publicidad, sobre la existencia de estas listas, en las que podrá incluirse para no recibir publicidad de ninguna empresa.
Si yo soy cliente de una empresa que tiene mis datos personales, ¿puede esta empresa vender o comerciar con mis datos?
En principio, la empresa no puede vender sus datos personales. Únicamente lo pueden hacer las empresas que se dedican a recopilación de direcciones, reparto de documentos, publicidad, venta a distancia, prospección comercial o actividades parecidas, pero siempre que los datos procedan de fuentes accesibles al público. Si no, se necesita el consentimiento para una finalidad explícita, legítima y relacionada con la actividad de publicidad o prospección comercial y se debe informar a los interesados sobre los sectores concretos de actividad de los que podrá recibir información
Un establecimiento anunciaba una crema en promoción. Pero cuando fui a comprarla, el dependiente me dijo que estaban agotadas las existencias. ¿Puedo exigir que me vendan otra con esa misma promoción?
Si usted está dentro del plazo y el establecimiento no dispone de existencias para hacer frente a la promoción anunciada, el comerciante debe ofrecerle la posibilidad de reservar el artículo para cuando vuelva a recibirlo. Si en un tiempo prudencial no recibe existencias, debe ofrecerle otro producto de características similares al de la promoción, y al mismo precio.
Buscando un billete de avión, vi una publicidad donde se anunciaba una oferta muy interesante. Pero a la hora de comprarlo, el precio subió de manera desorbitada, ya que las tasas y los impuestos no estaban incluidos en el precio que indicaba la publicidad. ¿Puedo reclamar que me cobren el billete con el precio que aparece en la publicidad?
Si en el anuncio no está indicado que las tasas y los impuestos no se incluyen en el precio, entonces usted puede exigir el precio publicitado. Por tanto si no le informan, podría reclamar que le cobren el precio que indicaba la publicidad.
He recibido una publicidad en la que ofertan unos servicios gratis. He ido a contratar esos servicios, pero la empresa me ha dicho que ya se ha pasado el plazo, dato que no consta en el folleto. ¿Debe aplicar la empresa la promoción?
En el folleto debería indicarse la fecha en la cual el consumidor puede beneficiarse de la oferta. Si no consta fecha de inicio y finalización, puede suponer una infracción administrativa por publicidad engañosa o falta de información. Solicite a la empresa el cumplimiento de la oferta, ya que no le indican fecha de finalización y si no, recuerde que puede pedirles una hoja de reclamaciones.
¿Se puede exigir el cumplimiento de lo anunciado en la publicidad o sólo tiene la obligación de cumplirse lo que figura en el contrato?
La publicidad emitida por una empresa es considerada parte del contrato, por lo que el consumidor puede exigir que se cumpla lo anunciado en todos sus términos.
Se me ha estropeado un electrodoméstico que compré hace cinco meses, ¿Qué pasa con la garantía?
Recuerde que, desde la reanudación de los plazos administrativos, el pasado mes de junio, los periodos de garantía el vendedor debe responder a la garantía del producto.
¿Cómo puedo solicitar un arbitraje de consumo durante la nueva normalidad?
Puede presentar un arbitraje en los mismos puntos que hemos comentado para el caso de las reclamaciones. En este sentido, le recomendamos que siempre que le sea posible, presente su reclamación vía internet, para evitar desplazamientos y contactos innecesarios.
No obstante, puede presentar la reclamación ante la Dirección General de Comercio y Consumo (previa solicitud de cita) o bien, ante la Oficina de Información al Consumidor más cercana a su domicilio (consulte si están abiertas y si requieren cita previa).
También puede hacerlo, en cualquiera de los Registros que actualmente tienen atención presencial, con cita previa. Puede consultar los registros que están operativos en el siguiente enlace: https://cutt.ly/6d3BFBe
Recuerde que, antes de solicitar el arbitraje, debe ponerse en contacto con la empresa o profesional reclamado para tratar de solucionar el conflicto de manera amistosa. Para que quede constancia de ello se aconseja realizarlo preferentemente por escrito o por un medio que deje constancia. Si en el plazo de un mes no le dan respuesta, o ésta no le satisface, puede proceder a poner el arbitraje
¿Puedo presentar una reclamación en consumo físicamente en mi municipio? ¿Han abierto ya todas las Oficinas de Atención al Consumidor?
Las Oficinas de Información al Consumidor situadas en los diferentes municipios de la Comunidad de Madrid han ido poco a poco reanudando su actividad presencial desde el fin del estado de alarma y la llegada de la nueva normalidad.
No obstante, es conveniente que, antes de acercarse a presentar una reclamación o recibir asesoramiento en materia de consumo, consulte con ellas el horario de atención al público y si es necesario la solicitud de cita previa.
En este apartado encontrará las direcciones, números de teléfono y horario de atención al público de cada una.
¿Cómo se puede poner una reclamación en consumo durante la nueva normalidad?
Durante la nueva normalidad, le recomendamos que siempre que le sea posible, presente su reclamación vía internet, para evitar desplazamientos y contactos innecesarios.
No obstante, puede presentar la reclamación ante la Dirección General de Comercio y Consumo (previa solicitud de cita) o bien, ante las Oficinas de Información al Consumidor más cercanas a su domicilio (consulte si están abiertas y si requieren cita previa).
Para presentar una reclamación ante la Dirección General de Comercio y Consumo puede utilizar alguno de estos procedimientos:
- Acudir a la Oficina de Atención al Consumidor, en la C/ Ramírez de Prado 5, bis. 28045-Madrid. Para ello es necesario solicitar cita previa en el teléfono 012 o en el siguiente enlace.
- Descargar el impreso oficial desde el siguiente enlace, cumplimentarlo y remitirlo por alguno de estos medios:
- Por correo ordinario o certificado a la siguiente dirección: Dirección General de Comercio y Consumo. C/ Ramírez de Prado 5, bis. 28045-Madrid
- Si dispone de firma electrónica puede presentarlo de forma telemática, a través del siguiente enlace (se accede al registro electrónico de la Comunidad de Madrid). Para obtener más información sobre cómo presentar una reclamación a través de internet puede consultar el siguiente enlace.
En cualquier de los Registros que actualmente tienen atención presencial, con cita previa. Puede consultar los registros que están operativos en el siguiente enlace.

