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¿Qué eficacia tiene una reclamación ante el Servicio del Banco de España?
Las reclamaciones ante el Banco de España terminan con la emisión de un informe motivado en el que se concluye si se han apreciado faltas en normas de transparencia y protección de la clientela y si la entidad se ha ajustado a las buenas prácticas y usos bancarios.
La entidad reclamada tendrá un plazo de un mes contado desde la notificación, para comunicar si acepta los criterios manifestados en el informe y si decide rectificar o no su conducta.
Por tanto, las resoluciones del Banco de España no son vinculantes, es decir, las entidades no están obligadas a rectificar su conducta. No obstante, suelen hacerlo voluntariamente en un buen número de casos.
Además, la emisión del informe motivado puede ayudarle en el caso de que tenga que acudir a los tribunales de justicia, ya que el dictamen puede ser tenido en cuenta por los jueces o tribunales que conozcan del litigio como opinión de autoridad, dentro del marco del principio de libre apreciación de la prueba.
Asimismo, estos informes constituyen una importante fuente de indicios, que revela la conducta de mercado de las entidades de cara a la supervisión que realiza el Banco de España, que puede iniciar procedimientos de inspección que, en ocasiones, derivan en importantes multas.
El banco me ha cobrado una comisión con la que no estoy de acuerdo, ¿cómo puedo poner una reclamación?
El primer paso es reclamar ante los servicios o departamentos de atención al cliente vinculados a entidad que le haya cobrado mal. Si ha transcurrido un mes sin haber recibido contestación, o no ha quedado satisfecho con la respuesta, puede plantear la reclamación ante el Servicio de Reclamaciones del Banco de España. Para que este organismo admita la reclamación, es necesario acreditar haber acudido con carácter previo al Servicio de Atención al Cliente o Defensor del Cliente de la entidad reclamada.
El expediente se resolverá en un plazo máximo de tres meses desde la fecha de presentación de la reclamación. En todo caso, siempre se puede acudir a los Tribunales de Justicia o bien al arbitraje si es aceptado por ambas partes.

