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¿Me puede obligar un establecimiento a financiar la compra con su entidad bancaria?
No. Usted tiene la opción de elegir si quiere o no financiar la compra. Si decide hacerlo, tiene derecho a firmar el préstamo con la entidad financiera que desee:
- En el caso de optar por la financiación que le ofrece el establecimiento, el crédito queda expresamente vinculado a la compraventa del bien, por lo que si el empresario incumple el contrato y el usuario no puede disfrutar de ese producto o servicio en las condiciones pactadas, puede dar por zanjado el contrato y no tiene obligación de seguir pagando las cuotas del préstamo.
- En el caso de que el crédito que escoja sea a través de otra entidad financiera, es mejor que solicite que, el crédito quede vinculado a la adquisición de ese servicio o producto concreto, porque si no queda vinculado, deberá abonar el importe completo aun cuando, no le presten el servicio.
Recuerde que los créditos vinculados suponen una garantía cuando se solicitan préstamos para pagar servicios prolongados en el tiempo, como un retoque estético o un master ya que, si la empresa que nos facilita el servicio quiebra, no quedaremos vinculados al crédito.
¿Qué son y para qué sirven las tarjetas monedero?
Son un tipo de tarjeta con la que usted podrá realizar compras tanto en establecimiento como online hasta el límite de lo que haya recargado previamente.
También existen las tarjetas prepago virtuales, una opción sin soporte físico en la que se dispone de un número de tarjeta, fecha de caducidad y CVV, diseñadas específicamente para las compras por Internet. Además, si se vincula a una plataforma de pago móvil, usted podrá usarla en comercios tradicionales desde su teléfono.
Tenga en cuenta que:
- Al no estar garantizada la disponibilidad de saldo en todo momento, puede que algunas empresas, como las de alquiler de coches y hoteles, no las acepten como medio de pago.
- Por el mismo motivo, es posible que no pueda usarla para el pago de suscripciones.
- Si viaja al extranjero, asegúrese de que le sea posible recargarla, ya que no tendrá acceso a la red de oficinas y cajeros del banco.
- Los plazos de vigencia son más cortos y le tocará renovarla antes.
- Infórmese bien de las comisiones aplicables. Además de las habituales, algunas tarjetas estipulan una cantidad fija por cada recarga de saldo.
¿Me pueden cobrar comisión por pagar con mi tarjeta?
No, cuando usted paga un producto o servicio con su tarjeta, no pueden cobrarle ninguna comisión. Puede darse el caso de que el banco o la entidad financiera cobre un importe por el uso de pagos con tarjeta, pero este coste lo tiene que asumir el vendedor o prestador del servicio, nunca el consumidor.
Tal y como establece la Directiva de servicios de pago de la Unión Europea, los gastos derivados de la utilización de tarjetas bancarias pueden aplicarse de forma repartida entre la entidad bancaria y el comerciante beneficiario del pago, o bien de forma íntegra a uno de estos dos agentes, pero nunca al consumidor. Del mismo modo, la directiva deja bajo la política de la entidad bancaria la posibilidad de no cobrar comisiones.
Ya no deseo seguir usando mi tarjeta de crédito, ¿qué debo hacer?
Normalmente se trata de contratos de duración indefinida, por tanto, ambas partes tienen la posibilidad de rescindirlo unilateralmente. Si usted quiere dejar de usar su tarjeta, basta con comunicarlo al banco, aunque es conveniente que lo haga por escrito e informarse si esta operación conlleva el cobro de alguna comisión.
Salvo que se haya pactado un preaviso, usted podrá dar de baja su tarjeta en cualquier momento. En el caso de que la cancelación se realice a iniciativa del banco, debe basarse en causas objetivas y debe comunicarlo previamente al titular de la tarjeta para evitarle perjuicios innecesarios.
Le recomendamos que antes de dar de alta cualquier tarjeta lea detenidamente las condiciones generales pactadas, sobretodo lo relativo a comisiones, si lleva asociado algún tipo de financiación, cómo darse de baja o con quién contactar en caso de pérdida o extravío, entre otras.
¿Es legal que faciliten mis datos a una empresa de recobro?
Sí lo es, siempre que entre la empresa titular del crédito (aquella con la que se contrató y a la que realmente se le debe alguna cantidad) y la de recobro, exista un contrato cuyo objeto comprenda la realización de un servicio de gestión de recuperaciones de deuda en los asuntos que le sean encomendados y siempre que el consumidor haya facilitado el consentimiento para el tratamiento de sus datos a la empresa principal.
Si dicho consentimiento no se ha otorgado a la empresa principal, debe ponerse en conocimiento de la empresa de recobro y, en el caso de no recibir contestación o de que esta no sea satisfactoria, dirigirse a la AEPD.
He comprado una licuadora por internet, cuando he ido a hacer el pago, además de los datos de mi tarjeta, me ha pedido un código de cuatro dígitos que me ha enviado al móvil. No suelo comprar por internet y es la primera vez que me sucede ¿Es esto legal?
Sí, es legal, es lo que se conoce como la Autenticación Reforzada de Clientes y todos los comercios deben tenerla implementada en las operaciones de pago con sus clientes antes del 31 de diciembre de 2020.
Esto incluye muchas de las operaciones bancarias que realizamos diariamente, entre ellas, las compras por internet. Esta autenticación está basada en la utilización de dos o más elementos de identificación que sean exclusivos del usuario de servicios bancarios. En concreto, son tres elementos, independientes entre sí y están concebidos de manera que se proteja la confidencialidad de los datos de identificación.
- Conocimiento. Algo que solo conoce el cliente, como una clave.
- Posesión. Algo que solo posee el cliente, como un teléfono móvil.
- Inherencia. Algo que es propio del cliente, como su huella dactilar.
En la práctica, esto significa que cuando queramos realizar una compra online , deberán solicitarnos al menos dos de estos tres elementos. Por ello, además de su tarjeta de crédito (posesión), cuando realizó la compra de su licuadora le enviaron un código al teléfono móvil (conocimiento), para realizar el pago.
Puede consultar más preguntas frecuentes sobre el sector bancario, en el siguiente apartado.
¿Por qué causas me pueden incluir en un fichero de morosos? ¿Puedo estar incluido sin que yo lo sepa?
El responsable del fichero de morosos ha de verificar que la deuda existe, que es cierta, que está vencida y que, por tanto, es exigible ya que ha resultado impagada.
Tras la inclusión, y en el plazo máximo de 30 días desde el registro, el responsable del fichero está obligado a notificar personalmente al afectado esta circunstancia. Además de indicar la fecha en la que se le ha dado de alta, el motivo que lo justifica, así como el nombre y la dirección de la entidad cedente de sus datos y la cantidad a la que asciende la deuda.
¿Qué es una tarjeta de pago aplazado?
Las tarjetas de pago aplazado o `revolving´ son un tipo de tarjeta que ofrecen las entidades de crédito, bancarias o financieras que cuentan con un límite de crédito determinado, que puede devolverse a plazos a través de cuotas periódicas.
Es conveniente tener especial precaución al utilizar este tipo de tarjetas, ya que los intereses que suelen aplicar son elevados (entre un 25% y un 30%). Por lo tanto, revise la TAE, el número de plazos, y calcule el coste total que tendría el crédito para valorar si le interesa contratarlo.
Cada vez que se utiliza este tipo de tarjeta se genera nueva deuda, con lo que se generan nuevos intereses y los plazos se alargan indefinidamente.
Me han robado la tarjeta. ¿Qué debo hacer? ¿Qué responsabilidad me puede exigir mi entidad bancaria?
En primer lugar debe comunicarse cuanto antes con la entidad bancaria que emitió la tarjeta para que la anule. En cuanto a la responsabilidad que el banco le puede exigir, sepa que:
- Tras notificarlo a la entidad bancaria, no soportará consecuencia económica alguna por el uso que se haga de la tarjeta sustraída. Solo responderá por los pagos fraudulentos que se realicen antes de denunciar la pérdida o robo hasta la cantidad de 50 euros.
- No obstante, sepa que si ha hecho un uso fraudulento o irresponsable con su tarjeta, soportará el total de las pérdidas sufridas.
¿Qué diferencia existe entre tarjeta de débito y de crédito?
En el caso de la tarjeta de débito, sirve para utilizar el dinero depositado en la cuenta corriente o de ahorro a la que está asociada. Por eso, es necesario que exita una cuenta a la que esté asociada esa tarjeta. Además, pueden emplearse para realizar pagos en comercios y para sacar dinero, así como para consultar saldos y movimientos de la cuenta. Todas las operaciones se registrarán instantáneamente en la cuenta, por lo que es necesario tener dinero asociado a la cuenta para poder pagar con ella.
Por su parte, con la tarjeta de crédito es posible hacer pagos u obtener fondos a crédito, hasta cierto límite. No es necesario tener una cuenta corriente abierta con la entidad bancaria o asociada a la tarjeta, y muchos de ellos la ofrecen girando los recibos a la cuenta corriente que el consumidor tenga en otro banco. En estas tarjetas se establece un interés sobre el dinero (TAE), que es conveniene revisar antes de usar. Además, tienen un límite de gasto y el dinero debe ser devuelto en los plazos previstos.

