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¿En qué casos puedo acudir a la red de Centros Europeos del Consumidor red ECC-Net?
Puede acudir a la red de Centros Europeos del Consumidor cuando tenga un problema relacionado con una transacción económica con una empresa situada en otro país de la Unión Europea, Islandia o Noruega.
Por ejemplo, cuando:
- compra un producto online en otro país de la UE y no llega o no es conforme;
- la empresa se niega a devolverle el dinero tras una cancelación;
- tiene problemas con una reserva de hotel, alquiler de coche o transporte;
- no le aplican correctamente la garantía de un producto comprado en otro país europeo.
La red ECC-Net le informará sobre sus derechos y puede intentar mediar con la empresa para encontrar una solución amistosa.
¿Es engañoso que una empresa utilice inteligencia artificial en una oferta o en su atención al cliente?
No. El uso de inteligencia artificial (IA), por sí mismo, no es ilegal ni constituye una práctica engañosa.
Una empresa puede utilizar chatbots o sistemas automatizados siempre que:
- Informe claramente de que se trata de un sistema automatizado.
- Facilite información veraz, clara y suficiente.
- No oculte condiciones esenciales de la oferta.
Lo relevante no es que se utilice IA, sino que la información sea clara y no induzca a error al consumidor.
Si tengo un problema con una caja de experiencias, ¿a quién reclamo?
Dependerá del tipo de problema:
- Si el problema es con la compra (defecto, cobro indebido, desistimiento si fue online…), debes reclamar al establecimiento donde la adquiriste.
- Si el problema es con la experiencia (cancelación, falta de disponibilidad, condiciones distintas a las anunciadas…), debes reclamar primero al hotel, restaurante o proveedor que iba a prestar el servicio y si no te dan una solución satisfactoria, podrás reclamar a la empresa que figura como organizadora o responsable de la caja (por ejemplo, Wonderbox o Smartbox), que es quien comercializa y gestiona la red de colaboradores.
El comercio donde la compraste actúa normalmente como punto de venta, pero no es quien presta el servicio. Revisa siempre las condiciones generales de la caja para identificar quién es el responsable contractual de la experiencia.
Finalmente si no consigue resolver el problema puede reclamar a la Dirección General de Comercio, Consumo y Servicios, o a través de internet.
He realizado una compra online con mi tarjeta de crédito, pero el producto no me ha llegado. ¿Puedo anular el cargo en el banco? ¿Qué puedo hacer si no?
El consumidor podrá exigir legalmente la inmediata anulación de un cargo bancario cuando este se haya producido de forma fraudulenta, según consta en el artículo 112 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores. Por lo tanto, si el cargo no procede de un fraude y el consumidor ha realizado la compra de manera consentida, no tendrá capacidad legal de exigir a su entidad bancaria la anulación del cargo.
Por lo tanto, ¿qué otras opciones tendrá el consumidor que se encuentre con este problema?
Si el consumidor ha realizado la compra pero el producto no le ha llegado, podrá apoyarse en lo establecido por el artículo 109 de la citada ley: “salvo que las partes hayan acordado otra cosa, el empresario deberá ejecutar el pedido sin ninguna demora indebida y a más tardar en el plazo de 30 días naturales a partir de la celebración del contrato”.
Si el motivo de que el producto no haya llegado es porque no se encuentra disponible, el consumidor deberá ser informado de esta falta de disponibilidad y deberá poder recuperar el dinero abonado sin que se produzca ninguna demora indebida.
Si no hay ninguna justificación para el retraso del producto, el consumidor podrá reclamar que se le pague el doble del importe adeudado.
De no verse satisfecha esta reclamación, el consumidor podrá iniciar una reclamación, ya que el incumplimiento de estas obligaciones por parte del vendedor está estipulado como una infracción de consumo.
Si quiere obtener información más detallada puede consultar el RD Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre por el que se aprueba la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
¿Cómo debo actuar si la empresa a la que reclamo ha entrado en concurso de acreedores?
Lo primero es esperar a que se publique en el BOE que la empresa está en concurso de acreedores. En la publicación, vendrá designado un administrador concursal, unos plazos y la forma en que los afectados pueden pedir que les devuelvan el importe reclamado.
Normalmente dan el plazo de un mes ,para que los reclamantes puedan presentar ante el administrador concursal, los hechos y toda la documentación relacionada con el caso (por medio de algún formulario o por correo electrónico o por el medio indicado en el BOE).
Por eso cuando una empresa anuncia que va a entrar en concurso de acreedores es importante estar pendiente de su publicación en el BOE, y una vez se publique presentar toda la documentación al acreedor consursal y actuar según nos indiquen. La resolución del procedimiento nos la comunicarán por escrito.
He comprado un móvil reacondicionado, pero no funciona correctamente ¿tiene este producto una garantía? ¿de cuánto tiempo?
Sí. El tiempo de garantía dependerá de lo que establezcan las condiciones de venta de dicho producto. No obstante, la garantía mínima para productos de segunda mano (dentro de los cuales podríamos englobar a los productos "reacondicionados") es de al menos 1 año desde la fecha de la compra.
He comprado un vehículo de segunda mano a un particular. ¿Qué periodo tengo de garantía?
Según nuestro ordenamiento, cuando la compra se realiza entre particulares, acudimos a los art. 1461 y 1484 del Código Civil. en los cuales se establece que el plazo de la garantía para estos casos es de seis meses.
Es importante apuntar que el vendedor deberá responder de los vicios ocultos, aunque los ignorase en el momento de la venta.
Debemos entender por defectos, aquellos que hacen el vehículo impropio para el uso al que se destina o disminuyen su uso, de forma que, de haberlos conocido, el comprador no habría adquirido el vehículo o hubiera pagado menos por él.
Los únicos vicios o defectos ocultos que podrá reclamar el comprador son aquellos que ya existieran con anterioridad a la compraventa.
La garantía no da derecho, per se, a exigir la reparación directamente al vendedor, sino que el comprador puede optar entre desistir del contrato, o rebajar una cantidad.
En caso de negativa por parte del vendedor a cualquiera de estas posibilidades, el comprador deberá recurrir a la vía judicial.
¿Tengo que ir a un taller de la marca para conservar la garantía de mi vehículo?
No. Ya en el año 2010 el Reglamento 461/2010 de la Comisión de 27 de mayo, establecía que el propietario de un vehículo puede realizar las reparaciones necesarias en cualquier taller, sea o no de la marca.
Si está fuera del periodo de garantía legal y hay una garantía comercial, puede que una de las condiciones para quedar cubierto por la garantía comercial sea la de pasar las revisiones en un taller oficial. En este caso, si quiere disfrutar de la garantía comercial, sí tendra que pasar las revisiones en un taller de la marca. Por ello, tenga en cuenta las condiciones de la garantía comercial, el plazo y las coberturas que tiene y evalúe si le merece la pena pasar las revisiones en un taller oficial de la marca o en cualquier otro taller.
No olvide pedir siempre una copia de las facturas donde vengan detalladas las distintas operaciones que le han realizado.
¿La garantía de un vehículo de segunda mano me la tiene que dar el vendedor o el fabricante?
En principio, la garantía la proporciona el vendedor. Un vehículo de segunda mano tiene 3 años de garantía, aunque se puede pactar un plazo menor, que no podrá ser inferior a un año.
Si el fabricante del vehículo aporta una garantía de tres años, ésta sería una garantía comercial y habría que analizar si la garantía se emitió al comprador o se emitió para el vehículo y por tanto, podría beneficiarse no solo el primer comprador sino también los restantes.
Si el concesionario le ha ofrecido una garantía comercial adicional, compruebe los plazos y condiciones y tenga en cuenta que en ningún caso sustituye a la garantía legal. Debe responder a la garantía comercial, el vendedor o el responsable que conste en el documento de garantía.
Un servicio de asistencia técnica (SAT) ha reparado mi lavadora, que ya estaba fuera del periodo de garantía. ¿Qué garantía deben darme para esta reparación? Y ¿qué garantía tiene la pieza de repuesto que han tenido que cambiar?
La garantía de la reparación es de tres meses mínimo, aunque debe comprobarlo en la factura que le dieron, por si han establecido un periodo mayor. La garantía le cubre los gastos de transporte que la nueva reparación exija, desplazamiento de los operarios, las piezas de repuesto y el material que haya de utilizarse, siempre que la avería se produzca sobre una reparación anterior. Si se trata de un nuevo problema, no estará cubierto por la garantía de la reparación anterior.
Si le pusieron alguna pieza nueva, sepa que la garantía de esta pieza será de tres años, siempre y cuando no sea una pieza de desgaste. Para evaluar el plazo de garantía de una pieza que le hayan sustituido en una reparación, habrá que analizar el caso concreto.

