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Si un establecimiento acepta el pago con tarjeta bancaria, ¿puede establecer un importe mínimo como, por ejemplo, 3 euros, y negarse a aceptar la tarjeta por importes inferiores?
Los establecimientos pueden negarse a cobrar determinadas cantidades con tarjeta, siempre que lo anuncien previamente a sus clientes a través de carteles visibles al público.
¿Los establecimientos pueden negarse a admitir billetes de determinada cuantía?
Los billetes de valor alto son de curso legal y, por lo tanto, son válidos y los comercios deben, en principio, aceptarlos. No obstante, dado que los derechos deben ejercitarse conforme a las exigencias de la buena fe, los billetes deberán ser utilizados de acuerdo con el importe del bien o servicio a pagar, por lo que cabría la negativa a la aceptación de billetes de denominaciones altas si el importe a pagar es muy inferior.
Por tanto, si se desea pagar con un billete de valor alto, es conveniente preguntar antes en el establecimiento, pues existe la posibilidad de que no tuviese en ese momento cambio suficiente para ese tipo de billetes.
Compruebe si el establecimiento tiene una política comercial sobre ello y lo informa adecuadamente.
¿Tienen los escaparates de los comercios la obligación de mostrar los precios de los artículos en ellos expuestos?
En todos los establecimientos, el precio de venta de cada producto debe estar visible al público. El precio debe ser el total, incluyendo impuestos, inequívoco, fácilmente identificable y claramente legible, situándose en el mismo campo visual del consumidor sin necesidad de que éste tenga que solicitar la información. Los precios deben figurar en las etiquetas de los productos y en los escaparates.
Si en los diferentes soportes que gestiona la tienda (etiqueta del producto, etiquetas de las estanterías, escaparate, publicidad...) figuraran precios distintos para un mismo artículo, podrá exigir el más favorable a su bolsillo.
Si compro un producto y, aunque no esté defectuoso, quiero cambiarlo o devolverlo, ¿tienen los comercios obligación de aceptarlo?
No. Si la compra se realiza de manera presencial en un establecimiento, como regla general, salvo que esté defectuoso, en cuyo caso se haría valer la garantía del producto, cada establecimiento puede establecer su propia política de devoluciones o cambios, que deben tener expuesta en un lugar visible, también pueden poner esta información en el tique de compra.
Si la compra se realiza a distancia (por internet, teléfono, por catálogo, etc.), el consumidor sí tiene derecho, en un plazo de 14 días naturales, a desistir de la compra y solicitar la devolución del dinero.

