Preguntas frecuentes de consumo
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¿Qué es la elusión?
Ciertos fabricantes intentan falsear los análisis establecidos por la UE para controlar y caracterizar determinados productos. A estas prácticas se las denomina elusión y son ilegales.
Este engaño se produce de manera deliberada, para comercializar ciertos bienes, con características más favorables a las que realmente tienen por ejemplo, conseguir que al analizar un electrodoméstico en un laboratorio resulte de clase energética A cuando en realidad es de clase B o que al analizar las emisiones de un vehículo, éstas den un valor inferior al real.
Para detectar estas prácticas, saber identificarlas, establecer nuevos procedimientos específicos y condiciones de prueba para etiquetado de productos y facilitar formación y guías para el personal técnico, la UE ha puesto en marcha el proyecto ANTICSS, iniciativa de la UE, y del que forma parte la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad de la Comunidad de Madrid.
En una reforma del hogar, ¿la empresa puede utilizar materiales usados para realizarla?
Sí, pero el consumidor tiene que autorizar expresamente por escrito el uso de materiales usados.
Un fontanero me dio un presupuesto de 80€ por una reparación, y yo lo acepté. Pero al pagar me informó que la factura tenía un recargo de 40€ más, a causa de una avería que no había detectado cuando me dio el presupuesto. ¿Tengo que pagarlos?
No. La factura siempre debe coincidir con el presupuesto. Si, al efectuar la reparación, el fontanero detecta que hay otra avería que no había visto, tiene la obligación de comunicárselo y solo si da la conformidad por escrito, el fontanero puede efectuar la reparación de la avería no incluida en el presupuesto.
¿Las empresas que se dedican a la prestación de servicios a domicilio deben informar de los precios que cobran por realizar las reparaciones?
Sí. Si lo solicita, el profesional o la empresa deben informarle, por el medio que considere más oportuno, de los precios aplicables por tiempo de trabajo y gastos de desplazamiento. Igualmente, le deben informar del precio de los trabajos efectuados con carácter de urgencia o fuera de la jornada habitual.
He contratado con una empresa la reforma de mi vivienda, y esta a su vez ha subcontratado a otra empresa para realizar la instalación electrica. Se produjo una avería y el cuadro eléctrico se quemó. ¿Quién debe hacerse cargo de la reparación, la empresa de electricidad subcontratada o la empresa de reformas que yo contraté para la reforma general?
El responsable de la reforma es la empresa con la que se ha firmado el contrato y, por lo tanto, es a ella a quien debe reclamar en caso de tener algún problema, aunque la empresa haya contratado, a su vez, a otro personal o empresa para hacer la obra. Debería reclamar, pues, a la empresa con la que contrató la reforma general.
He solicitado un presupuesto para realizar una reforma en mi casa, y la empresa me lo quiere cobrar, ¿es legal?
Sí, pero solo tendría que pagar el importe de la elaboración del presupuesto si no lo acepta. Además, siempre deberán informarle previamente.
Voy a realizar una reforma en mi casa, ¿la empresa que la va a hacer me debe entregar un presupuesto?
Sí. La empresa debe entregarle un presupuesto por escrito, que debe firmar, y en el que deben constar, entre otros, los siguientes datos: identificación de las partes, precio de la mano de obra, fecha aproximada de comienzo y fin del servicio; precio total, con impuestos; periodo de validez del presupuesto; y fecha y firma o sello de la empresa. Además, debe haber un espacio reservado para la firma del cliente donde aparezca la frase: “Presupuesto recibido antes de la realización de los trabajos”.
Si renuncia a la elaboración del presupuesto previo, debe hacerse constar de forma expresa en el documento de orden de trabajo, con la frase "renuncio al presupuesto previo y autorizo la reparación", escrita de puño y letra del consumidor, que deberá firmar también.
Voy a realizar una reforma en mi casa, ¿tengo derecho a solicitar un presupuesto a la empresa que la va a hacer?
Sí. La empresa debe entregarle un presupuesto por escrito, que debe firmar, y en el que deben constar, entre otros, los siguientes datos: identificación de las partes; precio de la mano de obra; fecha aproximada de comienzo y fin del servicio; precio total, con impuestos; periodo de validez del presupuesto; y fecha y firma o sello de la empresa. Además, debe haber un espacio reservado para la firma del cliente donde aparezca la frase: “Presupuesto recibido antes de la realización de los trabajos”.
Si renuncia a la elaboración del presupuesto previo, debe hacerse constar de forma expresa en el documento de orden de trabajo, con la frase "renuncio al presupuesto previo y autorizo la reparación", que deberá firmar también.
Voy a realizar una reforma en mi casa, ¿tengo derecho a solicitar un presupuesto a la empresa que la va a hacer?
Sí. La empresa debe entregarle un presupuesto por escrito, que debe firmar, y en el que deben constar, entre otros, los siguientes datos: identificación de las partes; precio de la mano de obra; fecha aproximada de comienzo y fin del servicio; precio total, con impuestos; periodo de validez del presupuesto; y fecha y firma o sello de la empresa. Además, debe haber un espacio reservado para la firma del cliente donde aparezca la frase: “Presupuesto recibido antes de la realización de los trabajos”.
Si renuncia a la elaboración del presupuesto previo, debe hacerse constar de forma expresa en el documento de orden de trabajo, con la frase "renuncio al presupuesto previo y autorizo la reparación", que deberá firmar también.
Voy a realizar una reforma en mi casa, ¿tengo derecho a solicitar un presupuesto a la empresa que la va a hacer?
Sí. La empresa debe entregarle un presupuesto por escrito, que debe firmar, y en el que deben constar, entre otros, los siguientes datos: identificación de las partes; precio de la mano de obra; fecha aproximada de comienzo y fin del servicio; precio total, con impuestos; periodo de validez del presupuesto; y fecha y firma o sello de la empresa. Además, debe haber un espacio reservado para la firma del cliente donde aparezca la frase: “Presupuesto recibido antes de la realización de los trabajos”.
Si renuncia a la elaboración del presupuesto previo, debe hacerse constar de forma expresa en el documento de orden de trabajo, con la frase "renuncio al presupuesto previo y autorizo la reparación", que deberá firmar también.

