Resultados
¿Cómo deben informar sobre el precio de una reparación las empresas que realizan trabajos a domicilio?
Si la contratación la ha realizado a través de internet o teléfono, deben informarle sobre los precios de los servicios a través de estos medios.
Si fuese necesario realizar un presupuesto previo y personarse en el domicilio, deberán informarle sobre el coste de realización del presupuesto en caso de no ser aceptado. En todo caso, antes de contratar un servicio pregunte por el precio de la hora de mano de obra, costes de desplazamiento, o costes adicionales por trabajos de urgencia o fuera de la jornada habitual. La empresa debe tener un listado de precios a disposición del consumidor que lo solicite.
Recuerde que es importante tener un presupuesto por escrito y aceptado por usted, para evitar sorpresas.
¿Las empresas que se dedican a la prestación de servicios a domicilio deben informar de los precios que cobran por realizar las reparaciones?
Sí. Si lo solicita, el profesional o la empresa deben informarle, por el medio que considere más oportuno, de los precios aplicables por tiempo de trabajo y gastos de desplazamiento. Igualmente, le deben informar del precio de los trabajos efectuados con carácter de urgencia o fuera de la jornada habitual.
Tengo un problema con mi vuelo con el que regreso a España desde un país extranjero. ¿A quién puedo reclamar?
El destinatario de la reclamación que usted podrá presentar dependerá del país desde el que se produzca el vuelo y de si la compañía es o no comunitaria.
Así, si el vuelo sale de un aeropuerto de un tercer país y se dirige a un aeropuerto situado en el territorio español, siempre y cuando la compañía aérea sea comunitaria (de la Unión Europea), usted podrá presentar su reclamación a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), tanto si se trata de una cancelación, un retraso, una denegación de embarque o un cambio de clase.
Si su vuelo sale de un aeropuerto de la Unión Europea, pero la compañía aérea no es comunitaria, usted podrá presentar su reclamación ante la autoridad competente del país en el que se encuentra el aeropuerto de origen. No obstante, también podrá presentar la reclamación ante AESA, que se encargará de derivar su reclamación a la autoridad competente.
Si su vuelo tiene origen en un país que no es de la Unión Europea y la compañía aérea tampoco es comunitaria, la vulneración de los derechos de los pasajeros quedará sometida a lo regulado en los convenios internacionales o, en su caso, a la normativa del Estado donde se produjo el incidente. AESA no podrá hacer de intermediario en estos casos para presentar la reclamación.
¿Qué ocurre si no puedo visualizar o imprimir el billete que he comprado?
Si acude a la estación y tiene problemas para poder visualizar su billete o no encuentra el billete impreso, puede imprimirlo en las maquinas autoventa instaladas en las estaciones o solicitarlo facilitando el número de tarjeta de crédito con la que se efectuó la compra en el teléfono de información de venta por internet 91 919 05 04.
¿Qué objetos no puedo enviar en un servicio postal ordinario?
Por razones de seguridad o de salud, hay algunos objetos que no se pueden enviar en un servicio postal ordinario. Se trata de los siguientes:
- Obras de arte y antigüedades
- Animales (vivos o muertos)
- Plantas vivas
- Medicamentos
- Muestras biológicas (orina, sangre)
- Dinero
- Joyería
- Material explosivo
- Gases comprimidos (mecheros, aerosoles)
- Líquidos o substancias inflamables
- Sustancias oxidantes (químicos generadores de oxígeno)
- Sustancias tóxicas e infecciosas (pesticidas, químicos agrícolas)
- Bebidas alcohólicas
- Materias radioactivas
- Materias corrosivas (baterías, termómetros)
- Transporte funerarios (restos humanos, cenizas)
Armas
Estupefacientes
Productos perecederos
Motores.
¿Qué puedo reclamar como viajero cuando contrato los servicios de un vehículo VTC?
Al contratar los servicios de un Vehículo de Transporte con Conductor, los conocidos como VTC, usted podrá reclamar en el caso de no estar de acuerdo con el servicio.
Para los casos que tengan que ver con las condiciones del servicio, tales como incumplimiento de la tarifa de precios o la vulneración de sus derechos como consumidor, podrá presentar una reclamación en cualquier formato en la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) más cercana a su domicilio, en la Oficina de Atención al Consumidor de la Comunidad de Madrid, o a través de internet.
También podrá reclamar ante las Juntas Arbitrales de Transporte en el caso de que se haya producido una avería o extravío de equipajes; haya habido una modificación unilateral de condiciones contractuales; en daños personales durante el transporte; por la no aplicación de descuentos; la falta de condiciones de confortabilidad de los vehículos y por el incumplimiento de los contratos de arrendamiento de vehículos.
Recuerde que el conductor está obligado a llevar una hoja de reclamaciones en el vehículo.
Voy a viajar en avión con mi hijo de siete meses. ¿Puedo llevar el carrito de bebé como equipaje de mano?
Sí, Hay determinados elementos de fuerza motriz que sí está permitido llevar en el vuelo como equipaje de mano. En concreto, están permitidos bastones y muletas, siempre que sean necesarios para la movilidad del viajero; así como carritos, cunas y sillas para bebés.
Tanto las muletas y bastones como los carritos y sillas de bebés deberán pasar el control de Rayos X por separado.
Para más información sobre las restricciones en el equipaje de mano, consulte la web de AENA.
¿Ante quién reclamo por una cancelación de vuelo?
Si su vuelo sale de un aeropuerto en un tercer país y se dirige a un aeropuerto situado en territorio español (cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea) o si su vuelo sale de un aeropuerto situado en territorio español, podrá presentar su reclamación ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), tanto si se trata de una cancelación como de un retraso, una denegación de embarque o un cambio de clase.
Si su vuelo sale de un aeropuerto situado en otro país de la Unión Europea o de un aeropuerto de fuera de la Unión Europea y se dirige a un país comunitario distinto de España, la competencia para una reclamación será de la autoridad del país correspondiente. AESA le facilita un enlace a las autoridades competentes de cada país, para que pueda dirigirse a ellas. No obstante, si usted lo prefiere, puede presentar la reclamación en AESA para que la agencia estatal le tramite el envío de la misma a la autoridad competente.
Mi vuelo se ha cancelado y la compañía aérea me ha facilitado otro vuelo con destino a otro aeropuerto distinto. ¿Pueden hacer esto?
Si. Pero el transportista aéreo debe proporcionarle el transporte necesario hasta su destino original (el que aparece en su reserva), o a otro distinto si así ha sido acordado entre las partes.
Viene un familiar de Asturias de turismo a Madrid durante 5 días ¿Es obligatorio que su vehículo disponga de distintivo ambiental?
Si el vehículo va a circular por la zona determinada como “zona de bajas emisiones” (ZBE) o “zona de bajas emisiones de protección especial” (ZBEDEP), sí debe disponer del distintivo ambiental. No es obligatorio que lo lleve expuesto, aunque sí es aconsejable para facilitar la comprobación del requisito.
Puede consultar las áreas comprendidas en las ZBE y ZBEDEP del distrito de Madrid, y el tipo de vehículos que pueden circular por ella en función del distintivo ambiental que tengan, en el siguiente enlace.
La emisión de la etiqueta o distintivo ambiental tiene un coste de unos 5 euros (aunque se podría ver incrementado por los costes de envío u otros conceptos) y puede obtenerla, entre otros, en las Oficinas de Correos, la red de talleres de la Confederación Española de talleres (CETRAA) y otras redes de talleres autorizados, entre otros.
