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¿Qué sucede si se detectan anomalías en la inspección de gas?
En caso de que se detecten anomalías durante la inspección, ninguno de los agentes que la realicen puede proceder a su reparación (empresa distribuidora o empresa instaladora), sino que entregarán al usuario un informe de anomalías.
Además, en caso de que el agente que realice la inspección detecte una anomalía principal, se deberá interrumpir el suministro de gas y se precintará la parte de la instalación pertinente o el aparato afectado.
¿Cuándo me tienen que avisar para realizar la inspección de gas?
Con una antelación mínima de tres meses.
¿Quién me tiene que avisar de cuándo tengo que hacer la inspección periódica de gas canalizado?
La empresa distribuidora a la que tenga conectada mi red
¿Cuándo tengo que hacer una inspección periódica de gas?
Cada 5 años, dentro del año natural en que se produzca el vencimiento de este período.
Una empresa ha venido a mi domicilio para hacer la inspección o la revisión de la instalación del gas, sin haberme avisado antes. ¿Qué debo hacer?
Si la empresa dice ser nuestra distribuidora de gas, debería haber avisado antes de presentarse en el domicilio, con al menos cinco días de antelación, informando al usuario del envío de un inspector para revisar la instalación. Si tiene dudas, llame a su compañía distribuidora y pregunte.
En el caso del gas envasado o a granel, la empresa avisará a los usuarios de la fecha en que deben efectuar, contratando una empresa instaladora habilitada por su cuenta, la revisión.
Por lo tanto, si no se recibe esa comunicación informando de la visita, es recomendable que no deje entrar a nadie.
Una empresa ha venido a mi domicilio para hacer la inspección o la revisión de la instalación del gas, sin haberme avisado antes. ¿Qué debo hacer?
Si la empresa dice ser nuestra distribuidora de gas, debería haber avisado antes de presentarse en el domicilio, con al menos cinco días de antelación, informando al usuario del envío de un inspector para revisar la instalación. Si tiene dudas, llame a su compañía distribuidora y pregunte.
En el caso del gas envasado o a granel, la empresa avisará a los usuarios de la fecha en que deben efectuar, contratando una empresa instaladora habilitada por su cuenta, la revisión.
Por lo tanto, si no se recibe esa comunicación informando de la visita, es recomendable que no deje entrar a nadie.
Voy a alquilar mi piso y el inquilino me pide poner el contrato del suministro eléctrico a su nombre. ¿Es posible?
Sí. El consumidor que esté al corriente de pago podrá traspasar su contrato a otro consumidor que vaya a hacer uso del mismo en idénticas condiciones. El titular lo pondrá en conocimiento de la empresa distribuidora mediante comunicación que permita tener constancia a efectos de expedición del nuevo contrato.
La tensión que suministra la compañía eléctrica tiene oscilaciones de tensión de manera frecuente y se me han estropeado el ordenador y la plancha. ¿Cómo puedo reclamarlo?
La suministradora está obligada a prestar el servicio dentro de unos márgenes de tensión. Por norma, se permite una variación del +- 7% de la tensión contratada. En caso de que se supere esta oscilación y se produzcan perjuicios, evidentemente la responsabilidad será de la eléctrica.
He modificado la potencia de electricidad contratada y la empresa suministradora me ha cobrado por ello. ¿Es legal esta práctica?
La empresa podrá cobrarle por los derechos de acometida, que es el conjunto de actuaciones necesarias para atender un nuevo suministro o la ampliación de alguno ya existente, y que podrá incluir el cobro de los derechos de extensión y de acceso.
Quiero disminuir la potencia que contraté hace un año con la compañía eléctrica, ¿puede la compañía impedírmelo?
No. La compañía deberá señalar, en su caso, las modificaciones que se deben realizar, corriendo a cargo del solicitante tanto los gastos que origine la sustitución de los equipos de protección y medida como los derechos de verificación.
No se podrá contratar una tensión inferior a la comercializada por la empresa.

