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Contraté el suministro de gas por teléfono, pero he cambiado de idea. ¿Puedo desistir del contrato?
Sí. Usted puede desistir del contrato en un plazo de catorce días naturales, desde que reciba el documento donde figuren todos los términos y condiciones del contrato, sin necesidad de dar ninguna explicación y sin penalización.
Quiero cambiar la tarifa que contraté hace un año en el mercado regulado, ¿la empresa de gas puede impedírmelo?
No. En el mercado regulado, usted tiene derecho a cambiar, una vez al año, de tarifa o de caudal diario máximo contratado.
¿Cuál es la duración de un contrato de suministro de gas?
La duración del contrato en el mercado regulado es de un año, prorrogándose tácitamente por plazos iguales. No obstante, puede darse de baja cuando quiera, siempre que lo comunique con una antelación de seis días hábiles a la fecha en que quiera que la baja sea efectiva.
En el mercado libre, la duración y el preaviso de baja, dependerá de las condiciones que haya acordado con la compañía.
¿Cómo puedo saber si una empresa de gas está autorizada?
Debe estar inscrita en la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid. Puede acceder, pinchando en el enlace, al buscador de empresas habilitadas.
¿Cuánto cuesta realizar este mantenimiento?
El precio de las operaciones de mantenimiento es libre y lo abona el usuario. Es recomendable pedir un presupuesto previo.
¿Es necesario suscribir un contrato de mantenimiento?
No. En el caso de las instalaciones domésticas individuales de gas canalizado (potencia inferior a 70kW) no existe obligación de suscribir un contrato de mantenimiento. Los consumidores de gas envasado en botellas o envases tampoco tienen obligación de tener un contrato de mantenimiento.
Los consumidores de gas envasado a granel, por el contrario, sí deben tener un contrato de mantenimiento con una empresa instaladora de gas habilitada, con servicio de urgencias permanente, que se encargue del mantenimiento y control periódico de las instalaciones. La empresa debe dejar constancia de cada actuación en el libro de mantenimiento.
¿Cada cuánto tiempo hay que hacer el mantenimiento de las calderas y otras instalaciones térmicas?
En el caso de las calderas murales domésticas de gas natural o GLP con una potencia inferior o igual a 70kW, con la periodicidad que establezca el "Manual de uso y mantenimiento", si existe. Al menos, la periodicidad será cada dos años.
En el resto de instalaciones de calefacción (gasóleo, electricidad, etc.) de potencia inferior o igual a 70 kW, el mantenimiento es, como mínimo, anual.
¿Qué ocurre si no se realiza la inspección del gas?
Si el titular de la instalación no realiza la inspección periódica, la empresa distribuidora lo comunicará al órgano competente de la Comunidad Autónoma (en el caso de la Comunidad de Madrid, la Dirección General de Industria, Energía y Minas) al titular de la instalación y a la empresa comercializadora que venía efectuando el suministro.
Se podría proceder a la suspensión del suministro hasta la presentación del correspondiente certificado.
¿Qué es el Certificado de Revisión Periódica?
Es el documento en el que se acredita la realización de la revisión periódica y que no se ha encontrado ningún defecto. Lo extiende la empresa instaladora autorizada.
¿Cómo puedo subsanar las anomalías detectadas durante la inspección?
El usuario de la instalación deberá contratar los servicios de una empresa instaladora habilitada de gas o del Servicio de Asistencia Técnica del fabricante, en caso de que la anomalía se presente en un aparato a gas.
Una vez subsanada, ese agente rellenará el justificante de corrección de anomalías, lo entregará al titular o usuario y restablecerá el suministro en caso de que se hubiera interrumpido a toda o parte de la instalación salvo que la interrupción se realizara en la llave de acometida, en cuyo caso tendría que intervenir en la reposición la empresa distribuidora.
También se debe comunicar el justificante de corrección de anomalías a la compañía distribuidora.

