Reparación de móvil asegurado

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El consumidor

Compra un teléfono móvil en un establecimiento y contrata un seguro. Entrega el móvil para su reparación por una avería y le llaman de la empresa diciendo que el daño es irreparable. Reclama que el móvil sea reparado o sustituido, según lo contemplado en el seguro contratado.

La empresa

Alega que el dispositivo ha sido analizado por el servicio técnico y aportan una serie de pruebas que defienden como acreditativas de que el daño se ha producido por mal uso del consumidor y no por defectos de fabricación.

El colegio arbitral

Da la razón al consumidor, ya que acredita que había contratado un seguro, por lo que la empresa deberá sustituir el terminal por otro.