Puertas con desperfectos

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El consumidor: 
Compra cinco puertas de paso y una puerta blindada a través de la página web de una empresa. Las puertas presentan distintos problemas: la puerta blindada no encaja, otras cuatro chirrían, y dos están inutilizadas de las manillas. Además, todas las puertas están sin lacar en el canto superior. Reclama el arreglo gratuito de los desperfectos dentro del periodo de garantía.
La empresa: 
Asegura que el consumidor ha debido hacer algo como pulir o cepillar la puerta y defiende que la instalación se ha hecho correctamente por personal propio y cualificado.
El colegio arbitral: 
Da la razón al consumidor, ya que la incidencia está justificada a través de fotos y vídeos y que se reclamó a la empresa a las dos semanas de la instalación. La empresa comprobó la existencia de los desperfectos, pero no acudió a subsanarlos. Dado que ninguna de las partes presenta informe técnico sobre si los desperfectos de las puertas son o no reparables, decide resolver el contrato y obliga a la empresa a desmontar y llevarse las cinco puertas y las manillas y reembolsar al consumidor la cantidad que abonó por las puertas.