Un perro no es un producto cualquiera

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El consumidor: 
El consumidor adquirió en una tienda un cachorro de perro raza pomerania, que manifestó síntomas de enfermedad desde la misma fecha de la compra, con diarrea, garrapatas, etc. La tienda mantuvo el animal dos días en observación, sin detectar problemas. Un mes después, el cliente llevó el cachorro a otro veterinario, que comprobó que padecía una lesión grave y “soplo holosistólico evidente a la auscultación cardiaca”, según el informe veterinario.
La empresa: 
La empresa le ofreció sustituir el animal por otro de la misma raza, pero el cliente no lo aceptó por no tratarse de un producto sino de un ser vivo. Este solicitó la devolución del coste de adquisición del perro o que la tienda asumiera los gastos veterinarios que pudieran derivarse de la enfermedad durante la vida del animal.
El colegio arbitral: 
El tribunal arbitral estimó parcialmente la pretensión del reclamante: se quedaría con el perro y la tienda le devolvería la mitad de lo pagado en la compra. Rechazó el pago del tratamiento de por vida por no ser jurídicamente viable.