Ordenador averiado en garantía
El consumidor
Compra un ordenador portátil en un establecimiento y, más de un año después, comienza a darle fallos de todo tipo (la imagen se congela, no responde, se queda bloqueado). Reclama la devolución del importe o la sustitución por otro de iguales características.
La empresa
Le deriva al fabricante, pero el fabricante le dice que él solo se responsabiliza de un año de garantía
El colegio arbitral
Da la razón al consumidor, ya que debe cumplirse la garantía legal de tres años, que es responsabilidad del vendedor, por lo que obliga a la empresa a sustituir el ordenador por otro de iguales o superiores características.

