Instalación defectuosa de cocina

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El consumidor: 
Encarga e instala una cocina y expone que el proceso se alarga por incidencias y errores (piezas que no encajan, remates mal ejecutados y defectos en algunos elementos). Señala, entre otros, problemas relacionados con la zona de la campana extractora, la encimera y otros ajustes que impiden un uso correcto o generan desperfectos, y solicita que se finalicen los trabajos pendientes y una compensación por los perjuicios sufridos.
La empresa: 
Se opone a la reclamación y sostiene que parte de los retrasos e incidencias se deben a circunstancias ajenas (por ejemplo, condicionantes de la vivienda, modificaciones solicitadas y necesidades técnicas durante el montaje). Indica que se han realizado varias visitas y actuaciones para resolver problemas y que, como gesto comercial, ofrece una compensación económica, además de completar ajustes pendientes.
El colegio arbitral: 
Tras revisar la documentación, concluye que la cocina no está completamente finalizada en algunos aspectos y dicta un laudo en equidad que estima parcialmente la reclamación: ordena terminar determinados remates y ajustes. Al mismo tiempo, desestima la petición de daños y perjuicios por no quedar acreditados documentalmente en los términos reclamados, y recoge la compensación ofrecida por la empresa como gesto comercial.