Impurezas en la gasolina

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El consumidor: 
El consumidor repostó gasolina sin plomo en una estación de servicio, pero al día siguiente el coche se averió y, al ser examinado por el taller, este dictaminó que se debía a las impurezas encontradas en el depósito de la gasolina. El consumidor reclamó contra la gasolinera para que le abonara la reparación (794 euros) y el reintegro del repostaje (50 euros), pero la empresa se negó a hacerlo, por lo que el usuario solicitó la intervención del Tribunal Arbitral de Consumo.
La empresa: 
La empresa rechazó la reclamación, al entender que no constaba en ningún lugar que la avería se debiera al repostaje en su surtidor. Además de señalar que no había recibido ninguna otra reclamación similar, aportó certificaciones relativas a la calidad de su suministro.
El colegio arbitral: 
Tras escuchar a ambas partes, el tribunal arbitral dictó un laudo por el que desestimaba la pretensión del reclamante, teniendo en cuenta que el coche repostaba en diferentes gasolineras y que la empresa había probado la calidad de su producto.