Sin derecho a protestar
El consumidor:
El consumidor llevó una radio al servicio técnico, donde le dijeron, de manera orientativa, que el problema era del sistema de alimentación y que el coste de la reparación era de unos 60 euros. Como el cliente tenía prisa por recuperar el aparato reparado, pidió que se realizara el arreglo. La sorpresa vino cuando, al ir a recogerlo, el técnico le explicó que el trabajo había sido más complicado de lo previsto, ya que la avería era de un componente interno, no de la alimentación del aparato. El resultado era que la factura ascendía a 85 euros.
La empresa:
La empresa probó ante el tribunal arbitral que el usuario había renunciado a la elaboración de un presupuesto al firmar la orden de reparación.
El colegio arbitral:
Ante las manifestaciones de las partes y teniendo en cuenta la documentación aportada al expediente, el tribunal arbitral desestimó las pretensiones de la parte reclamante, ya que él mismo había firmado la renuncia al presupuesto. Por lo tanto, el cliente no recuperó los 25 euros que había pedido que le fuesen abonados por la empresa.