Derecho de desistimiento
El consumidor:
Concluye el periodo de permanencia con su compañía telefónica y pide la portabilidad. Le hacen una oferta para que no se vaya, que acepta, pero tras contactar con la compañía comprueba que las condiciones son diferentes, por lo que ejerce el derecho de desistimiento en el plazo legal de 14 días. La compañía, sin embargo, le aplica un coste por baja anticipada. Además, le cobran la parte proporcional de un teléfono móvil que adquirió con la anterior oferta.
La empresa:
Alega que la fecha que aplica es la del contrato anterior, por quedar pendientes pagos, por lo que no acepta el derecho de desistimiento.
El colegio arbitral:
Da la razón al consumidor, ya que entiende que se ha contratado una nueva oferta y que el consumidor desiste en tiempo y forma, por lo que no corresponde el cobro de penalizaciones por baja anticipada. No obstante, el consumidor deberá abonar las cantidades que quedaban por pagar del teléfono móvil, ya que efectivamente lo había adquirido con la oferta anterior.