Cambio de condiciones del contrato

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El consumidor

Solicita un cambio de la facturación recibida por su compañía telefónica, ya que no se corresponde con la promoción ofertada.

La empresa

Alega que el consumidor fue informado por correo electrónico del cambio de condiciones del contrato, y además se le comunicaba su derecho a darse de baja sin penalización.

El colegio arbitral

Da la razón al consumidor porque, aunque la empresa le comunica el cambio de condiciones y el derecho a darse de baja sin penalización, lo hace con menos de un mes de antelación.