
Alquilar una vivienda de la Agencia de Vivienda Social
Toda la información de cómo acceder a una vivienda en régimen de alquiler.
¿Cómo consigo una vivienda?
Son tres las vías que tienes para acceder a una vivienda de la Agencia de Vivienda Social en régimen de alquiler. Se gestionan por la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación:
- Especial necesidad: si te encuentras en una situación tal como desahucio, violencia de género, residencia inadecuada o en malas condiciones de habitabilidad, en albergues, casas refugio, pisos tutelados, establecimientos penitenciarios...
- Emergencia social: se trata de un sistema excepcional de adjudicación de viviendas del Parque de Emergencia Social de la Agencia, que se iniciará de oficio por la Administración una vez tenga conocimiento de casos en que concurran situaciones de gravedad.
- Sorteo: una vez aprobada la convocatoria y siempre que cumplas los requisitos sobre ingresos familiares y circunstancias de tu unidad familiar previstas en la normativa.
Te las contamos a continuación:
Trámites relacionados con el alquiler
A continuación te informamos de los trámites relacionados con la vivienda de la Agencia de Vivienda Social que disfrutas en régimen de alquiler:
Régimen excepcional
Si resides en una vivienda de la Agencia de Vivienda Social con anterioridad al 1 de enero de 2016 y llevas como mínimo un año viviendo en ella de manera continuada e ininterrumpida, sin título legal, puedes solicitar de manera excepcional la regularización del contrato de alquiler. Infórmate de las condiciones y requisitos:
¿Quién puede?
Si resides en una vivienda de la Agencia de Vivienda Social con anterioridad al 1 de enero de 2016 y llevas como mínimo un año viviendo en ella de manera continuada e ininterrumpida.
¿Qué necesito presentar?
- SOLICITUD, cumplimenta el formulario y guárdalo a continuación en formato PDF.
- Documentación que figura relacionada en la solicitud.
¿Cómo lo tramito?
- Puedes presentar la solicitud que has cumplimentado y guardado por INTERNET, aunque es necesario que poseas DNI electrónico o certificado digital instalado en tu navegador.
- Puedes imprimir la solicitud cumplimentada y presentarla presencialmente:
- En la sede de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid. Calle Basílica, 23. 28020 Madrid. Teléfono: 012, Fax: 915809149
- Correo electrónico: regularizar.agenciavivienda@madrid.org
- En cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro de la Comunidad de Madrid.
¿Y una vez presentada la solicitud?
El procedimiento se inicia cuando solicites regularizar tu situación en la vivienda que actualmente ocupas. Por parte del departamento correspondiente se procederá a la comprobación de la documentación que hayas aportado, requiriéndose en su caso su subsanación en el plazo de 10 días.
Del mismo modo, se procederá a solicitar los informes correspondientes al Área Social y a la Abogacía General de la Comunidad de Madrid para verificar que cumples los requisitos exigidos por la Ley.
Examinados los requisitos y evaluados los informes, la Agencia procederá a la aprobación de la resolución. Si esta fuera estimatoria, dispondrás de 15 días hábiles para la firma del contrato de arrendamiento. Si fuera desestimatoria, se te otorgará un plazo de un mes para que interpongas el recurso correspondiente.
Renuncia a tu vivienda
Por los motivos que sean, puedes renunciar voluntariamente y entregar las llaves del local, vivienda y, en su caso, plaza de garaje y trasteros, adjudicados por la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, mediante contrato de arrendamiento suscrito a tal fin. Aquí tienes toda la información:
¿Quién puede?
Procedimiento para proceder a la renuncia voluntaria y entrega de llaves del local, vivienda y, en su caso, plaza de garaje y trasteros, adjudicados por el extinto Instituto de la Vivienda de Madrid, hoy Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, mediante contrato de arrendamiento suscrito a tal fin. Con este procedimiento el titular renuncia a todos los derechos que pudiera ostentar sobre dichos inmuebles.
¿Qué necesito presentar?
- SOLICITUD, cumplimenta el formulario y guárdalo a continuación en formato PDF.
- Documentación que figura relacionada en la solicitud.
¿Cómo lo tramito?
a) Puedes presentar la solicitud que has cumplimentado y guardado por INTERNET, aunque es necesario que poseas DNI electrónico o certificado digital instalado en tu navegador.
b) Puedes imprimir la solicitud cumplimentada y presentarla en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro de la Comunidad de Madrid.
¿Y una vez presentada la solicitud?
La renuncia ha de efectuarse mediante comparecencia ante Funcionario Público, sirviendo el documento denominado “Solicitud de renuncia de inmuebles” como comunicación previa a la Administración para efectuar dicha renuncia que se hará, bien de manera presencial, bien mediante recogida de la misma en el propio domicilio. En todo caso, y de contar con ellas, en ese mismo acto se hará entrega de las llaves del inmueble, finalizando la facturación de la cuenta de alquiler de la vivienda con esa misma fecha.
Comparecencia de Renuncia
a) Presencial:
En la sede de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid C/ Basílica 23 (28020 Madrid) de lunes a viernes, de 9 a 14 horas. Teléfono: 012.
b) En domicilio (para viviendas):
Concertando previamente cita con el Área de Inspección de la Agencia de Vivienda Social para que recojan la renuncia del titular en el propio domicilio, con entrega de llaves, debiendo contactar telefónicamente para dicho trámite en alguno de los siguientes teléfonos: 91 420 61 69, 91 420 61 71 y 91 420 62 88.