La oferta de formación profesional para el empleo
Ofrece a las personas trabajadoras una formación adecuada a las necesidades del mercado de trabajo.
Las acciones de formación, conducentes o no a la obtención de certificados de profesionalidad, dirigidas a las personas trabajadoras, tanto ocupadas como desempleadas, atienden además a los requerimientos de productividad y competitividad de las empresas y a las aspiraciones de promoción profesional y desarrollo personal de las personas trabajadoras, de forma que les capacite para el desempeño cualificado de las distintas profesiones y para el acceso al empleo.
Oferta formativa
Accede a toda la oferta de formación para el empleo a través de esta sencilla herramienta. Puedes realizar la búsqueda mediante uno o varios criterios, como es el colectivo destinatario, la familia formativa, localidad, etc. El resultado es una lista de todas las acciones formativas que cumplan los criterios de búsqueda. En el caso de no introducir ningún filtro, se mostrarán todas las acciones formativas disponibles.
Las entidades de formación deben disponer de los medios tendentes a facilitar la accesibilidad universal, de manera que no suponga discriminación de las personas con discapacidad y se dé efectivamente la igualdad de oportunidades según la Orden TMS/369/2019.
Plan de impulso al Talento Digital
Formación dirigida prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas
Ayudas al transporte
Son ayudas al transporte público dirigidas a las personas trabajadoras desempleadas que participen en acciones de formación profesional para el empleo financiadas con fondos públicos con una duración mínima de 100 horas e impartidas en modalidad presencial.
Ayudas cuya finalidad es sufragar los gastos de desplazamiento en transporte público ocasionados por la participación de las personas trabajadoras desempleadas en acciones de formación profesional para el empleo, a través de recargas mensuales gratuitas de la tarjeta de transporte durante el periodo de la acción formativa.
Se podrá solicitar en un plazo de cinco días desde la incorporación del alumno a la acción formativa siendo beneficiario una vez haya transcurrido el 25% de la duración total de la acción formativa y durante todos los meses que resten en el desarrollo de dicha actividad formativa, siempre y cuando se mantengan las condiciones que dieron acceso a la ayuda. La ayuda de transporte en ningún caso tiene carácter retroactivo.
Personas desempleadas participantes en acciones de formación profesional para el empleo financiadas con fondos públicos de la Dirección General de Formación de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid que cumplan con los siguientes requisitos:
- Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo.
- Estar cursando una acción de formación profesional para el empleo financiada con fondos públicos por parte de la Dirección General de Formación de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid.
- Haber superado el primer 25 por ciento de una acción formativa dirigida a la obtención de un certificado de profesionalidad sin incluir el módulo de prácticas no laborales, o haber superado el 25 por ciento de una acción formativa del resto de especialidades incluidas en el Catálogo de Especialidades Formativas prevista en el artículo 20.3 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre. Estas acciones formativas deberán tener una duración mínima de 100 horas e impartirse en modalidad presencial.
- Disponer de tarjeta de transporte público.
Los requisitos exigidos se deben cumplir durante todo el tiempo en el que la persona sea beneficiaria de la ayuda.
El plazo de presentación de la solicitud será de cinco días hábiles desde la incorporación del alumno a la acción formativa.
Las entidades de formación deberán colaborar con los alumnos en la presentación de solicitudes de manera telemática, especialmente, con aquellos que no dispongan de certificado electrónico o que precisen ayuda para su presentación, en el plazo y forma establecida en la orden de concesión de las ayudas, actuando como entidades representantes. Instrucción Directora General de Formación 19.12.23 (publicada el 8.01.24)
Para incidencias se puede enviar un correo a: ayudas.transporte@madrid.org
La Consejería de Economía, Hacienda y Empleo publicará de manera quincenal (desde marzo de 2023) en una orden de concesión, la lista de beneficiarios que tengan derecho a la ayuda junto con el tipo de abono gratuito que se les concede. Sólo los alumnos que aparezcan en dicha orden podrán cargar gratuitamente su tarjeta de transporte público personal en las oficinas de gestión de estas tarjetas de las que dispone el Consorcio Regional de Transportes de Madrid.
El número de recargas a que tenga derecho cada persona beneficiaria serán las suficientes para poder desplazarse al centro de formación hasta la finalización de la acción formativa, sin incluir el módulo de prácticas no laborales en centros de trabajo.
Para realizar la primera recarga gratuita es preciso presentar la tarjeta personal sin carga alguna o aceptar la anulación de los títulos que contenga.
En caso de no disponer de tarjeta, deberá solicitarla por los canales habilitados al efecto por el Consorcio Regional de Transportes de Madrid (www.crtm.es).
El documento identificativo que se presente en la solicitud de la tarjeta deberá coincidir con el indicado para el beneficiario en la orden de concesión de las ayudas.
Ayudas a la conciliación
Ayudas a la conciliación para trabajadores desempleados que participen en acciones de formación profesional para el empleo financiadas con fondos públicos.
IMPORTANTE. Es necesario presentar dos solicitudes. Una al finalizar la formación teórica (20 días siguientes hábiles) y otra para la realización de las prácticas profesionales no laborales (Mes natural siguiente a la finalización).
VER GUÍA DE INFORMACIÓN ACCEDE A LA PÁGINA DE TRAMITACIÓN
Ayudas de concesión directa con las que se pretende facilitar a las personas desempleadas conciliar su asistencia a acciones de formación profesional para el empleo, con el cuidado de hijos menores de 12 años o de familiares dependientes hasta el segundo grado, siempre que al inicio de la acción formativa, cumplan el requisito de carecer de rentas de cualquier clase superiores al 75 por ciento del “Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples” (IPREM).
Cuantía de las ayudas
El importe de la ayuda a la conciliación será 14 euros por día de asistencia a la formación. Se abonará una vez finalizada la acción formativa, o periodo de prácticas, en función de los días de asistencia acreditados por el Centro de formación.
Para ser beneficiario de las ayudas, es necesario cumplir los siguientes requisitos:
- Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo.
- Estar cursando una acción de formación profesional para el empleo financiada con fondos públicos por parte de la Dirección General de Formación de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid.
- Acreditar tener a su cuidado hijos menores de 12 años o familiares dependientes hasta el segundo grado.
- Carecer, al inicio de la acción formativa, de rentas de cualquier clase superiores al 75 % del “Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples” (IPREM). A estos efectos, computará como renta el importe de los salarios sociales, las rentas mínimas de inserción o las ayudas análogas de asistencia social concedidas por las Comunidades Autónomas.
- Cumplir con los requisitos establecidos en la Ley General de Subvenciones (enlace), para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas.
La solicitud se debe presentar en el plazo de 20 días hábiles siguientes a la fecha de finalización de la acción formativa (parte teórica) o si se solicita por los días de realización de las prácticas no laborales, dentro del mes natural siguiente al día de finalización de dichas prácticas.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Copia del Libro de Familia o documentación justificativa del grado de parentesco del familiar dependiente.
- Certificado o calificación de dependencia del familiar dependiente emitido por la autoridad administrativa competente o mediante resolución judicial.
- En su caso, sentencia judicial o convenio regulador que acredite que el/la solicitante ostenta la custodia del menor.
- Certificado de empadronamiento colectivo.
- Certificado de Titularidad de la cuenta bancaria donde deba realizarse el ingreso de la ayuda a la conciliación. El Certificado debe contener Firma Digital Avanzada de la Entidad Bancaria.
- Declaración responsable de la entidad de formación justificativa de la asistencia a las sesiones formativas o a las prácticas no laborales (Anexo II). El centro de formación tiene obligación de emitirlo y entregarlo a los alumnos que lo requieran.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:
- Informe de vida laboral
- Documento de identidad DNI/NIE
- Demanda de empleo (DARDE)
La Orden por la que se resuelva la concesión de la ayuda será publicada en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid, en la sección Calendario de actuaciones de este trámite.
Si la solicitud presentada no reuniera los requisitos exigidos, se requerirá al solicitante para que la subsane en el plazo de diez días.
En caso de que sea denegada la ayuda, la orden de denegación será notificada personalmente en la forma que hayan indicado en la solicitud (correo certificado o NOTE).
Para cualquier duda o consulta se puede enviar un correo a: ayudas.conciliacion@madrid.org
Consulta si eres beneficiario en la orden de concesión pinchando en este enlace.
Formación dirigida prioritariamente a personas trabajadoras ocupadas
Bono formación carnet conducir C,D, C+E
Subvenciones para financiar acciones de formación, a través de un bono de formación, que faciliten la obtención de carnets habilitantes para el desempeño profesional (permisos C, D y C+E), dirigido a personas trabajadoras desempleadas y ocupadas para la mejora de su empleabilidad, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation-EU.
De conformidad con el Apartado 2.1 de la ORDEN de 29 de junio de 2023, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para financiar acciones de formación, a través de un bono de formación, que faciliten la obtención de permisos de conducción de las clases C, D y C+E, dirigido a personas trabajadoras desempleadas y ocupadas para la mejora de su empleabilidad, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next Generation-EU y se convocan dichas subvenciones para los años 2023, 2024 y 2025:
“Presentación de solicitudes
1. El plazo de presentación de solicitudes de la ayuda será desde el día siguiente de la publicación de la presente convocatoria y su extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y hasta el 15 de octubre de 2024, o hasta que se resuelva la última solicitud que provoque el agotamiento de los fondos disponibles destinados a esta ayuda, momento en el cual no se admitirán las solicitudes presentadas fuera de estos plazos.”
Habiendo resuelto positivamente a fecha 5 de septiembre de 2024 el número suficiente de solicitudes que provocan el agotamiento de fondos, se estima oportuno cerrar el procedimiento de presentación de nuevas solicitudes.
Cursos online gratuitos en distintas competencias digitales
Para ofrecer alternativas en la mejora de la cualificación de los madrileños, la Comunidad de Madrid colabora con empresas del sector tecnológico para ofrecer cursos online gratuitos.
Consulta el catálogo ofrecido por cada una de las empresas participantes en la web del Centro de Formación en Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de Getafe.
Tu Oficina Virtual de Empleo
LA COMUNIDAD DE MADRID TE ACOMPAÑA EN TU CAMINO HACIA EL EMPLEO
Desde este espacio podrás acceder a servicios personalizados que mejoren tus oportunidades de encontrar el empleo que buscas. La oferta formativa de Formación Profesional para el Empleo de la Comunidad de Madrid, tiene por objetivo mejorar el desarrollo personal y profesional de las personas trabajadoras (ocupadas y desempleadas), mejorando su empleabilidad y su promoción en el trabajo.