Reducción de jornada por cuidado de hijo con dependencia (PAS)
Reducción de jornada por cuidado de hijo con dependencia (PAS)
Hecho causante
Tener a cargo un hijo al que se le haya reconocido legalmente un grado II o III de dependencia.
Efectos y duración
Se tendrá derecho a una reducción de jornada de trabajo de hasta un veinte por ciento.
La distribución de la reducción de jornada se realizará de mutuo acuerdo, preferentemente en la parte de horario flexible, cuando lo haya.
También podrá disfrutarse mediante su acumulación en días completos.
Requisitos
Que el hijo tenga reconocido un grado II o III de dependencia por la Administración competente.
Procedimiento
Solicitud a la Dirección General del Área Territorial correspondiente, con comunicación previa al Director del centro en que preste servicio, con una antelación mínima de siete días hábiles a la fecha de inicio, salvo que no sea posible, por causas sobrevenidas debidamente justificadas.
Documentación acreditativa:
- Documento acreditativo de filiación.
- Certificación del grado de dependencia II o III, expedido por el órgano competente.
- Justificación de la necesidad de la acumulación en días completos.
- El Director del Área Territorial correspondiente, por delegación del Director General de Recursos Humanos.
- El plazo para resolver la solicitud será de diez días, a partir de la fecha de la solicitud.
- El silencio administrativo es estimatorio (el permiso se presumirá concedido si el solicitante no recibe una resolución expresa en los diez días siguientes al de la solicitud).
Al interesado y a la Dirección del centro en que preste servicio.
Formularios
- Ayuda para la presentación de la solicitud