Permiso por traslado de domicilio
Permiso por traslado de domicilio
Hecho causante
Cambio de domicilio del funcionario.
Efectos y duración
Dos días naturales consecutivos.
Efectos retributivos
Con derecho a retribuciones.
Requisitos
Que el cambio de domicilio se efectúe en los días solicitados.
Tipo de concesión
Reglada (se otorga siempre que se den el hecho causante y los requisitos correspondientes).
Fecha de inicio
El día del traslado o el inmediato anterior.
Observaciones
- El hecho de cambiarse de hospedaje no comporta derecho al permiso.
- El permiso se entenderá referido a los mismos días en que se produzca el traslado.
Procedimiento
Al Director del centro, con una antelación mínima de siete días naturales.
Deberá justificarse por el solicitante en el plazo de cinco días hábiles desde su incorporación, mediante documento que acredite la variación de domicilio (certificado de empadronamiento, recibos de suministros domiciliados, recibo de mudanzas).
Resuelve el Director del centro donde preste servicio el funcionario por delegación del Director General de Recursos Humanos. Si el Director no considerara acreditados el hecho causante y/o los requisitos, procederá a la denegación del mismo, en el plazo de tres días hábiles desde la solicitud.
Al interesado.
Formularios
- Ayuda para la presentación de la solicitud