Permiso por cuidado de familiar de primer grado por enfermedad muy grave
Permiso por cuidado de familiar de primer grado por enfermedad muy grave con reducción de jornada de hasta el 50% y posibilidad de acumulación en jornadas completas.
Hecho causante
El personal funcionario docente tendrá derecho a solicitar una reducción de hasta el cincuenta por ciento de la jornada laboral, con carácter retribuido, para atender el cuidado de un familiar de primer grado por razones de enfermedad muy grave.
Efectos y duración
La duración máxima es de un mes. Si hubiera más de un titular de este derecho por el mismo hecho causante, el tiempo de disfrute de esta reducción se podrá prorratear entre los mismos, respetando en todo caso, el plazo máximo de un mes.
Este permiso no se puede fraccionar, pero sí disfrutarse durante un período inferior a un mes. Además, se podrá acumular por jornadas completas, con una duración máxima de quince días naturales.
Efectos retributivos
Retribuido.
Requisitos
Condiciones para la acumulación:
- Sólo podrá acumularse el permiso en su totalidad. En ningún caso de forma parcial ni fraccionar la acumulación.
- No será posible la acumulación para reducciones de la jornada inferiores al 50% o cuando el periodo de disfrute del permiso sea inferior a 1 mes. Por lo tanto, no se podrá acumular cuando se disfrute por varios titulares del mismo hecho causante.
- El permiso, se extinguirá en el momento en que desaparezca el hecho causante.
- Con el fin de realizar las gestiones oportunas para la sustitución del funcionario por un interino, el interesado intentará, en la medida de lo posible, solicitar el inicio del disfrute del permiso acumulado con una antelación mínima de 5 días hábiles.
- Junto con la solicitud del permiso se indicarán las circunstancias por las cuales se requiere la acumulación.
- La denegación de la acumulación en la concesión del permiso no podrá justificarse en las necesidades del servicio cuando el hecho causante se produzca en una comunidad autónoma distinta a la Comunidad de Madrid o cuando, a la fecha de inicio del permiso, se haya incorporado un sustituto del docente.
Tipo de concesión
Reglada (se otorga siempre que se den el hecho causante y los requisitos correspondientes).
Fecha de inicio
La fecha que se determine en la Resolución de concesión.
Observaciones
Sólo se podrá conceder este permiso para cada familiar, por una sola vez por cada proceso y por la misma causa patológica, incluso si dicho proceso se repite en el tiempo.
Procedimiento
El permiso deberá ser solicitado a la Dirección de Área Territorial correspondiente, y con comunicación previa al Director del centro en que preste servicio.
Documentación a presentar:
- Solicitud del interesado, conforme al modelo establecido, en el que se indicará la forma de disfrute del permiso, reducción de jornada o bien acumulación en jornadas completas.
- Documento acreditativo del grado de parentesco del solicitante y del familiar.
- Declaración responsable de que ningún otro titular disfruta de este permiso o, en caso contrario, de la distribución del período entre todos los titulares.
- Informe médico acreditativo de la situación de enfermedad muy grave.
- Justificación de la solicitud de acumulación.
La solicitud deberá presentarse con una antelación mínima de 5 días naturales respecto a la fecha prevista de su disfrute, y si es de urgencia, de forma inmediata al hecho.
La Dirección de Área Territorial correspondiente resolverá la solicitud por delegación del Director General de Recursos Humanos.
Se notificará al interesado y al Director del centro en que preste servicio.
Formularios
- Ayuda para la presentación de la solicitud