
Hojas de Reclamaciones - Reclamaciones turísticas
La Hojas de Reclamaciones son un medio que la administración turística pone a disposición de consumidores y usuarios de servicios turísticos para que puedan formular reclamaciones.
Estas hojas solamente pueden ser utilizadas en Hoteles, Hostales, Pensiones y otro tipo de alojamientos turísticos, Restaurantes, Bares, Cafeterías y Agencias de Viajes.
La Dirección General de Tributos y Ordenación del Juego es la competente en la materia, y a quien debe enviarse la reclamación, a través de las oficinas de Registro y oficinas de Correos.
Subdirección General de Ordenación y Gestión del Juego
Plaza de Chamberí, 8 - 4ª planta - 28010 Madrid
Presentación de Reclamación Vía Telemática

Si desea presentar una reclamación por vía telemática:
Descargar la Hoja de Reclamación
Para usuarios y clientes de servicios turísticos
Para formular una reclamación, los usuarios podrán.
- Solicitar las Hojas de Reclamaciones en el propio establecimiento que está obligado a disponer de ellas y entregarlas al usuario/cliente.
- Descargar la Hoja de Reclamación e imprimir 3 copias. Una vez cumplimentada deberá presentar una copia en un Registro oficial dirigida a la Dirección General de Turismo y Hostelería, la segunda al responsable del establecimiento y la tercera quedará en posesión del Reclamante como justificante. A la copia que presente en el Registro oficial dirigida a la D.G. de Turismo y Hostelería, se podrá acompañar cuantas pruebas y documentos estimen convenientes para el esclarecimiento de los hechos, especialmente los resguardos de facturas.
- Podrá formularse reclamación vía telemática.
Cuestionario de preguntas frecuentes sobre reclamaciones turísticas.
Para Establecimientos y Empresas Turísticas
Los establecimientos y empresas turísticas tienen la obligación de tener Hojas de Reclamaciones a disposición de los clientes, (obligación contenida en el artº 12, i) de la Ley de Ordenación del Turismo de la Comunidad de Madrid).
Las Hojas de Reclamaciones son un medio que la administración turística pone a disposición de usuarios y clientes de servicios turísticos para que puedan ejercitar el derecho a formular reclamaciones ante la Dirección General de Turismo y Hostelería. (artº 8, f) de la Ley de Ordenación del Turismo de la Comunidad de Madrid).
Debe saber
Presentada la reclamación, la Dirección General de Turismo y Hostelería informará al reclamante, por escrito, de la decisión adoptada y, si procede, también de la sanción impuesta a la empresa turística denunciada.
La Dirección General de Turismo y Hostelería podrá, en su caso, sancionar a las empresas turísticas pero no es competente para indemnizar económicamente al reclamante. Para obtener resarcimientos económicos deberá dirigirse a los Tribunales de Justicia, o solicitar expresamente el arbitraje ante la Dirección General de Comercio, Consumo y Servicios, si bien el establecimiento reclamado decidirá si se adhiere al mismo o no.
Cuestionario de preguntas frecuentes sobre reclamaciones turísticas.
Para reclamaciones sobre materias en las que no tiene competencia la Dirección General de Turismo y Hostelería
Para reclamaciones en relación con Compañías Aéreas:
Reclamar directamente a LA COMPAÑÍA AÉREA o, en su caso, a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (A.E.S.A.):
Avda.Gral.Perón, 40 - Portal B, 1ªplanta. 28020 Madrid.
Tlf. 913968000
Para reclamaciones en relación con Seguros de Viajes:
D.G. de Seguros
PºCastellana, 44 - 28046 Madrid
Tlf. 913397000
Para interponer acciones judiciales:
Servicios de Orientación Jurídica
c/Capitán Haya, 66 bajo
cita previa: 900814815
Para empresas de la Unión Europea:
Centro Europeo del Consumidor en España
c/Principe de Vergara, 54. 28006 Madrid.
Tlf 918224555
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