Normas Bibliotecas de la Comunidad de Madrid
Accede a la información básica de la Red de Bibliotecas Públicas de la Comunidad de Madrid.
Conoce las normas sobre el servicio de préstamo, la consulta de Internet, el uso de la sala Infantil y Juvenil, el uso de la sala de adultos, las normas de la Hemeroteca y las condiciones de uso de las salas de trabajo en grupo.
Normativa de las Bibliotecas Públicas gestionadas por la Comunidad de Madrid
El acceso a la Biblioteca y el uso de sus instalaciones implica la aceptación de sus normas por parte del usuario. La siguiente normativa regula el acceso y utilización general de las instalaciones, sin perjuicio de las normas que regulen cada uno de sus servicios.
- La entrada a la biblioteca es libre y gratuita. Si bien, para acceder a determinados servicios es necesario estar en posesión del carné de lector de Bibliotecas de la Comunidad de Madrid.
- El carné de la Biblioteca es de uso personal e intransferible. Con el objeto de verificar la identidad del usuario, el personal de la biblioteca, podrá solicitar en cualquier momento, el DNI o cualquier otro documento oficial, que contenga fotografía.
- En caso de extravío, deterioro del carné o cambio en sus datos personales, el titular del mismo está obligado a notificarlo a la Biblioteca.
- No está permitido el acceso a la Biblioteca con elementos que obstaculicen la movilidad o que supongan una molestia para el resto de los usuarios (maletas, bolsas voluminosas, bicicletas, etc). Quedan fuera de esta norma los elementos necesarios para facilitar la movilidad de las personas (muletas, andadores, sillas de ruedas…).
- No se permite el acceso con animales a excepción de: perros guía y animales de soporte emocional.
- La Biblioteca no se hace responsable de los objetos personales que se extravíen o deterioren en sus instalaciones. Los objetos olvidados estarán depositados en el Control de acceso al edificio.
- Los teléfonos móviles y otros dispositivos deberán silenciarse.
- Está prohibido comer y beber en la Biblioteca a excepción de agua.
- Para colocar carteles, folletos o publicidad es necesaria la autorización del centro.
- La realización de fotografías o videograbaciones de las instalaciones o usuarios deberá contar siempre con la autorización de la dirección del centro.
- Los usuarios no podrán ausentarse de sus puestos de lectura más de 30 minutos y en ningún caso podrán reservase para otra persona.
- Los usuarios deberán respetar en todo momento el silencio y las condiciones normales de trabajo de los demás usuarios y del personal de la Biblioteca, cumplir las normas básicas de higiene y utilizar debidamente los fondos e instalaciones del centro. El incumplimiento de estas normas dará lugar a la suspensión del acceso y de la condición de usuario de los servicios de la biblioteca por período no superior a un año, sin perjuicio de las acciones legales que pueda llevar a cabo la Administración contra el autor de los hechos.
Puede presentar sugerencias y quejas a través del formulario on-line en la siguiente dirección: https://sede.comunidad.madrid/denuncias-reclamaciones-recursos/sugerencia-quejas
Normas del servicio de préstamo domiciliario
1ª. Para poder utilizar el servicio de préstamo es necesario estar en posesión del carné de lector, que se podrá usar en cualquier punto de servicio de la red de la Comunidad de Madrid (Biblioteca Regional, Bibliotecas Públicas, Bibliobuses, Bibliometro).
2ª. El carné de lector es de uso personal.
Con el objeto de verificar la identidad del usuario, el personal de la biblioteca, podrá solicitar en cualquier momento, el DNI o cualquier otro documento oficial, que contenga fotografía. En caso de extravío o deterioro del carné, el titular del mismo deberá comunicarlo a cualquier biblioteca de la red.
3ª. El lector se compromete a notificar cualquier cambio de sus datos personales.
4ª. Cada usuario puede llevarse en préstamo:
- 6 libros durante un máximo de 30 días.
- 6 documentos audiovisuales, sonoros o electrónicos durante un máximo de 15 días.
- 6 revistas durante un máximo de 15 días.
- 1 lector de libros electrónicos durante 30 días (disponibles B. Luis Rosales y B. Manuel Alvar).
Los préstamos de libros se podrán renovar por 15 días más, siempre que no estén reservados por otra persona. La renovación se podrá realizar desde 5 días antes de la fecha de finalización del préstamo, a través del Área de Usuario del Portal del lector, Catálogo en línea o en la biblioteca y sólo se podrá renovar una vez.
5ª. Están excluidas de préstamo las obras de consulta, la prensa diaria y todas las que por razones de conservación así determine la biblioteca.
6ª. El lector que recibe una obra en préstamo se compromete a velar por su integridad y buena conservación. En caso de extravío o deterioro grave de la misma, está obligado a su reposición. El personal bibliotecario le informará del procedimiento a seguir.
7ª. El retraso en la devolución de los documentos supondrá para el usuario la suspensión del uso del servicio de préstamo y consulta de Internet de las Bibliotecas Públicas de la Comunidad de Madrid durante tantos días como se haya retrasado en la devolución de cada uno de los documentos prestados, (por ejemplo, si un usuario devuelve 3 documentos con 5 días de retraso, la suspensión del servicio será de 15 días).
8ª. A través del Catálogo en línea o Área de Usuario se pueden reservar hasta 3 libros, 3 audiovisuales y 3 revistas que ya estén prestados o reservados. La reserva se comunicará a través del perfil, telefónicamente, por correo electrónico y por sms. Estará vigente durante 3 días a partir del día siguiente de su activación.
9ª. La sustracción de documentos de la biblioteca producirá la suspensión de la condición de usuario por un período de un año. Sin perjuicio de las medidas de carácter legal que puedan tomarse.
10ª. Los usuarios deberán respetar en todo momento las condiciones normales de trabajo de los demás usuarios y del personal de la Biblioteca y utilizar debidamente los fondos e instalaciones del centro. El incumplimiento de estas obligaciones producirá la suspensión de la condición de usuario de alguno o todos los servicios de la biblioteca por período no superior a 90 días. Sin perjuicio de las medidas de carácter legal que puedan tomarse.
11ª. La utilización del servicio de préstamo supone, por parte del usuario, la aceptación de estas normas. Los casos no contemplados en ellas se podrán consultar con el personal bibliotecario.
Normas de préstamo a entidades
- Este tipo de préstamo debe ser supervisado por personal bibliotecario.
- En las bibliotecas con RFID no se podrán utilizar las máquinas de autopréstamo, el préstamo y devolución se realizará en los mostradores.
- Se pueden llevar en préstamo un máximo de 30 libros, 10 audiovisuales y 10 revistas (a criterio del personal bibliotecario se podrá limitar el número de ejemplares y el tipo de materiales a prestar).
- El periodo de préstamo es de 30 días improrrogables.
- El centro será responsable de la reposición de ejemplares perdidos o deteriorados.
- La persona representante, cuyos datos figuran en el carné institucional será el capacitado para realizar el préstamo. Únicamente necesita aportar el carné de usuario en su modalidad Entidad.
Servicio de consulta de Internet
Los servicios que ofrecen las Bibliotecas Públicas de la Comunidad de Madrid son de acceso libre y gratuito para todos los ciudadanos (Ley7/2023, de 30 de marzo, del Libro, La Lectura y el Patrimonio Bibliográfico de la Comunidad de Madrid).
La biblioteca, a través del Servicio de consulta de Internet, ofrece a sus usuarios una herramienta más de acceso a la información. La biblioteca no se hace responsable de la calidad del contenido de la información consultada. Los ordenadores y espacio donde se encuentran están destinados sólo para el Servicio de Consulta de Internet: no se puede estudiar en dichos puestos, ni desconectar ordenadores, ni utilizar los enchufes para otro uso que el autorizado por el personal de la biblioteca.
La utilización del servicio de consulta de Internet supone, por parte del usuario, la aceptación de la normativa que lo regula:
1ª. Para utilizar este servicio es necesario tener el carné de las Bibliotecas Públicas de la Comunidad de Madrid. El acceso a Internet requiere del uso de un número de lector y contraseña, que se le proporcionara al darse de alta como lector. Los usuarios con carné caducado, sancionado o con préstamos sobrepasados no podrán hacer uso de este servicio.
2ª.Para hacer uso de este servicio, los menores entre 8 y 18 años, deberán contar con la autorización de los dos progenitores (siempre que ejerzan conjuntamente la patria potestad) o tutores, asumiendo éstos la responsabilidad sobre la información que consulten los menores. Para ello, el padre, madre o tutor en el impreso de autorización para la realización del carné de la biblioteca, podrá autorizar el uso del servicio de Internet, quedando así expresamente consignado en el carné del menor. En el caso de poseer carné de la biblioteca anterior a este servicio o de cambiar de opción, se les facilitará un impreso en el mostrador, que deberán traer firmado junto con fotocopia del DNI de la persona que les autoriza, para hacer constar la autorización en el carné.
3ª. Las sesiones serán de 60 minutos. Se puede repetir sesión si el puesto no tiene reservas. Sólo se harán reservas cuando estén todos los puestos ocupados. Para ello hay que acudir al mostrador, donde se hará una reserva del primer puesto que vaya a quedar libre.
4ª. Cada puesto de consulta podrá ser ocupado por un máximo de 2 usuarios.
5ª. No se podrá utilizar los ordenadores para actividades que vulneren la legislación vigente.
6ª. La biblioteca también dispone de acceso a Internet mediante cobertura wireless (WIFI). Para acceder al servicio WIFI con dispositivos móviles, es necesario ser socio de las Bibliotecas Públicas de la Comunidad de Madrid.
7ª. Si acaba la consulta sin agotar su tiempo, cierre la sesión. No apague el ordenador.
Normas de la Sala Infantil y Juvenil
1ª. La Sala Infantil y Juvenil de la Biblioteca está abierta a todos los lectores de 0 a 13 años, que quieran entretenerse, aprender y descubrir a través de los libros, de las películas, de la música e Internet.
2ª. La sala está destinada a la lectura, consulta de libros y otros materiales así como a la realización de tareas escolares.
3ª. Cada lector puede llevarse en préstamo, no renovable:
- 6 libros durante un máximo de 30 días.
- 6 documentos audiovisuales, sonoros o electrónicos durante un máximo de 15 días.
- 6 revistas durante un máximo de 15 días.
Los préstamos de libros se podrán renovar por 15 días más, siempre que no estén reservados por otra persona. La renovación se podrá realizar desde 5 días antes de la fecha de finalización del préstamo, a través del Área de Usuario del Portal del lector, Catálogo en línea o en la biblioteca y sólo se podrá renovar una vez.
4ª. La biblioteca no se hace responsable de la custodia de los menores y hasta la edad de ocho años deben estar acompañados de un adulto responsable de ellos.
5ª. Es necesario hablar en voz baja, no hacer ruido y mantener los móviles en silencio.
6ª. Los adultos podrán permanecer en la sala para acompañar a los niños o consultar la colección infantil, siempre con autorización del personal de la biblioteca.
7ª. Los mayores de 8 años podrán hacer uso de Internet con la autorización del padre, madre o tutor. Los menores de 8 años deberán estar acompañados de un adulto.
8ª. El material de la biblioteca es de todos y para todos, por lo tanto, debemos cuidarlo y dejarlo tras su uso en las mismas condiciones que lo encontramos, para que otras personas puedan utilizarlo en otra ocasión.
9ª. El uso indebido de la sala (como hablar en voz alta, correr, jugar, consumir alimentos, molestar a otras personas y actos similares) puede conllevar la expulsión de la biblioteca.
10ª. El uso de esta sala supone, por parte del usuario, la aceptación de estas normas. Los casos no contemplados en ellas se podrán consultar con el personal de la biblioteca.
Normas de la Sala General de Adultos
- La sala de consulta, lectura y referencia es un espacio abierto y de libre circulación para la lectura, consulta de libros y estudio.
- El acceso a esta sala será a partir de 14 años.
- Se deberá guardar silencio tanto en las salas como en las zonas de acceso a las mismas.
- Se hará un uso respetuoso de todos los recursos, equipos y mobiliario. No se pondrán los pies sobre sillas o butacas.
- La sala de lectura podrá ser utilizada para actividades propias de la Biblioteca avisando con antelación a los usuarios.
- No está permitido el acceso con comida o bebida (a excepción de agua embotellada).
- Los móviles deberán permanecer en silencio en todo momento.
- No se podrán reservar puestos de estudio. Si un puesto de lectura permanece vacante más de 30 minutos, podrá ser ocupado por otro usuario.
- Los puestos reservados para personas con problemas de movilidad deberán respetarse.
- Los pasillos y espacios de tránsito se dejarán libres y no se podrán introducir en esta sala elementos de gran tamaño que los obstaculicen. Quedan fuera de esta norma los elementos necesarios para facilitar la movilidad de las personas (muletas, andadores, sillas de ruedas…).
- Se deberá mantener la limpieza de cada uno de los puestos de lectura. Los papeles y demás objetos desechables se tirarán a las papeleras ubicadas en la sala.
- La Biblioteca no se hace responsable de las pertenencias de los usuarios (portátiles, móviles, bolsos…).
- Esta normativa se complementa con otras normas que regulen los diferentes servicios de la Biblioteca. El incumplimiento de estas normas dará lugar a la suspensión del acceso y de la condición de usuario de los servicios de la Biblioteca por un periodo no superior a un año, sin perjuicio de las acciones legales que pueda llevar a cabo la Administración contra el autor de los hechos.
La hemeroteca es un servicio que pone a disposición de los usuarios las publicaciones periódicas que recibe la Biblioteca: prensa y revistas.
- Los puestos de hemeroteca son de uso exclusivo para lectura y consulta de los materiales de la misma, quedando terminantemente prohibido su utilización como puestos de estudio.
- La consulta de los ejemplares en libre acceso, tanto revistas como periódicos, se realizará de uno en uno.
- El usuario deberá colocar los ejemplares de sala consultados en su lugar correspondiente.
- El deterioro, rotura o sustracción de cualquier material serán comunicados de inmediato al personal de la biblioteca.
- Las publicaciones periódicas no podrán salir de la hemeroteca, salvo las que se lleven en préstamo domiciliario.
- Los puestos reservados para personas con problemas de movilidad deberán respetarse.
- En el caso de que existan publicaciones en depósito :
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- La consulta simultánea de publicaciones se realizarán de forma ordenada y adecuándose a las directrices del personal.
- La petición de publicaciones de depósito se realizará cumplimentando la correspondiente ficha, que deberá entregarse al personal de la hemeroteca.
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- Esta normativa se complementa con otras normas que regulen los diferentes servicios de la Biblioteca.
Condiciones de uso Salas de trabajo en grupo
Las salas de trabajo en grupo en las Bibliotecas Públicas de la Comunidad de Madrid, pueden ser reservadas por usuarios de la biblioteca, asociaciones y colectivos que justifiquen la necesidad de disponer de un espacio donde trabajar de forma colectiva (en ningún caso individualmente):
- Cada biblioteca gestionara los espacios disponibles de acuerdo a sus posibilidades y a la normativa de seguridad del edificio.
- La sala se reservará exclusivamente para trabajos colectivos. En ningún caso se podrá reservar para que cada miembro estudie o trabaje individualmente.
- Las actividades no podrá tener ánimo lucrativo. No está permitido impartir clases particulares retribuidas, ni realizar reuniones que no respondan a la línea de actuación de la Subdirección general del Libro.
- La sala sólo podrá reservarse con antelación y un horario delimitado de forma presencial. Para efectuar la reserva es necesario disponer del carné de adulto de Bibliotecas Públicas de la Comunidad de Madrid.
- La sala se podrá utilizar un máximo de 2 horas por día, y 2 días por semana (no se podrá reservar una sala dos días consecutivos). Si no hay ninguna reserva a continuación, se podrá ampliar este horario, a criterio del personal bibliotecario.
- El/la solicitante se compromete a respetar las instalaciones y equipamiento de la bibliotecas así como las normas de Acceso al Centro:
- El acceso a la sala será habilitado por el personal de la Biblioteca al igual que el cierre.
- La Biblioteca no se hace responsable de los objetos personales que se extravíen o deterioren en sus instalaciones. Los objetos olvidados estarán depositados en el Control de acceso al edificio.
- Los teléfonos móviles y otros dispositivos deberán silenciarse.
- Está prohibido comer y beber en la sala a excepción de agua.
- La sala se debe dejar tal y como estaba cuando se comenzó a utilizar
- Las fechas de reserva estarán sujetas a posibles cambios según las necesidades de programación de la biblioteca.
- La autorización concedida por la Dirección de la Biblioteca podrá ser revocada en cualquier momento, cuando se observe un incumplimiento de las normas, se produzcan daños en la biblioteca, se impida su utilización para actividades de interés para la biblioteca o se menoscabe el interés general.
Salas disponibles:
Biblioteca Carabanchel "Luis Rosales"
Biblioteca Retiro "Elena Fortún"
Biblioteca Usera "José Hierro"
Biblioteca Villa de Vallecas "Luis Martín Santos"