Normas de la Biblioteca Regional de Madrid
Normativa
La Biblioteca Regional de Madrid es un centro de investigación y de divulgación patrimonial. Tiene como objetivo la preservación e investigación del patrimonio bibliográfico de la Comunidad de Madrid y de las obras publicadas en Madrid y de temática madrileña.
El acceso a la biblioteca y la utilización de sus instalaciones implica la aceptación de sus normas. La siguiente normativa regula el acceso y utilización general de las instalaciones, sin perjuicio de las normas que regulen cada uno de sus servicios.
- La entrada a la biblioteca es libre, gratuita y exclusiva para mayores de edad o mayores de 16 años con la debida justificación de su centro de estudios.
- El uso de las instalaciones de la Biblioteca Regional de Madrid está limitado a la consulta de sus fondos, por lo que no se permite su utilización para trabajos o estudio de materias ajenas a los mismos.
- Debido a las características de los fondos, solo se permite su consulta en sala. Las mochilas, bolsos y materiales que no estén destinados estrictamente a apoyar o complementar la investigación o estudio de los fondos existentes en la biblioteca deberán depositarse en las taquillas situadas en el vestíbulo. Estas solo se pueden utilizar durante el tiempo de permanencia en la biblioteca.
- La biblioteca no se hace responsable de las pérdidas de objetos que no hayan sido depositados en las taquillas.
- No se permite la entrada con comida o bebida.
- El acceso a determinadas secciones y servicios requiere disponer del carné de lector o del pase temporal de investigador de las Bibliotecas de la Comunidad de Madrid. Cualquier cambio de los datos personales, así como el extravío o deterioro del carné, debe ser notificado a la biblioteca.
- El carné de la biblioteca es de uso personal e intransferible. El personal de la biblioteca podrá solicitar en cualquier momento el DNI o cualquier otro documento oficial que contenga la fotografía del titular.
- Solo se podrán realizar fotografías o videograbaciones del vestíbulo de la biblioteca. Para el resto del centro se deberá contar con autorización previa. En ningún caso se pueden tomar imágenes de las personas presentes en la biblioteca.
- Las personas que accedan a la biblioteca deben respetar los fondos, las instalaciones y las condiciones normales de estudio y trabajo de quienes se encuentren en la biblioteca.
- El incumplimiento de estas normas dará lugar a la suspensión del acceso al centro y del carné de las Bibliotecas de la Comunidad de Madrid, por un período no superior a un año, sin perjuicio de las acciones legales que pueda llevar a cabo la Administración contra el responsable de los hechos.
En los mostradores existen a su disposición impresos de sugerencias y quejas, así mismo también puede tramitarlas a través de www.comunidad.madrid
Normas para la consulta de documentos
NORMATIVA PARA LA CONSULTA DE DOCUMENTOS
- La Biblioteca Regional es un centro de conservación, y por este motivo no ofrece el servicio de préstamo domiciliario: sus fondos deben consultarse en las salas de lectura.
- La Biblioteca Regional dispone de las siguientes salas: Referencia General (planta 1), Hemeroteca, Mediateca y Cartoteca (planta 3) e Investigadores (planta 3 / Sala de Investigadores). La consulta de fondos de depósito en la sala de investigadores está reservado a los titulares de pase temporal de investigador.
- Si una obra no se encuentra en la biblioteca ni en otro centro de la ciudad de Madrid, se puede solicitar a través de préstamo interbibliotecario. El personal bibliotecario le facilitará más información al respecto.
- Los usuarios podrán utilizar sus ordenadores portátiles y sus dispositivos de almacenamiento (USB o discos portátiles) respetando en todo momento la legislación de Propiedad Intelectual. No está permitida la utilización de otros soportes digitales, como CD o DVD grabables.
- No se permite hacer fotografías de los documentos. Si desea hacer una reproducción, nuestro personal le informará de la normativa específica de este servicio.
- En las salas encontrará fondos en libre acceso, que podrá coger directamente de la estantería. Dichos fondos no podrán llevarse a otra sala, salvo en casos excepcionales, autorizados por el personal bibliotecario. Los libros que están en las estanterías de libre acceso deben ser colocados en los carros destinados a tal efecto una vez se haya realizado la consulta.
CONSULTA DE FONDOS EN DEPÓSITO Y EN PUESTOS MULTIMEDIA
- Los fondos que no estén en libre acceso deben ser solicitados mediante el impreso correspondiente en el mostrador de la sala de consulta.
- El usuario podrá solicitar hasta 3 documentos de depósito simultáneamente, cumplimentando una ficha por cada documento. No hay límite de solicitudes si los documentos se encuentran archivados o accesibles en línea en los puestos multimedia.
- La consulta de documentos se realizará en la misma sala en la que los solicitaron. No se permite sacar un documento de la sala sin notificación previa al personal.
- Una vez finalizada su consulta, los documentos se devolverán en el mismo mostrador donde se solicitaron. No se realizan reservas de documentos.
- La petición de obras se podrá realizar hasta 30 minutos antes del cierre de la biblioteca.
Normas de reproducción de fondos
NORMAS DE REPRODUCCIÓN DE FONDOS
La Biblioteca Regional de Madrid ofrece a sus usuarios la posibilidad de obtener copias de los documentos de su interés, como un medio más de difusión de sus fondos, con las limitaciones derivadas de las medidas encaminadas a la preservación de la integridad y buen uso de los fondos y de la normativa en materia de propiedad intelectual. De acuerdo con la legislación vigente, solamente están permitidas las reproducciones sin ánimo de lucro y exclusivamente para fines de investigación. (art. 37.1 del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 abril).
El usuario del servicio hará uso del mismo y de las reproducciones bajo su entera responsabilidad. La Biblioteca Regional de Madrid no se responsabiliza del uso que pueda hacerse de las reproducciones en contra de los derechos de autor protegidos por Ley.
No se permite a los usuarios utilizar sus propios equipos como, por ejemplo, cámaras fotográficas, para la reproducción de documentos en las salas.
AUTOSERVICIO DE FOTOCOPIAS
Los usuarios tienen a su disposición fotocopiadoras-monedero que permiten realizar copias en blanco y negro, en formato pdf a USB o impresas, con las siguientes condiciones:
- Sólo se usarán para obras editadas a partir de 1958 y que se encuentren en buen estado de conservación, a juicio del personal bibliotecario.
- Se permite reproducir un máximo del 20% de una misma publicación, salvo las excepciones estipuladas para artículos de revistas.
- El fotocopiado de las obras se debe realizar con especial cuidado, sin forzar su ángulo de apertura para evitar daños en los materiales, y atendiendo siempre a las recomendaciones del personal bibliotecario.
Publicaciones excluidas del autoservicio de fotocopias:
- Obras anteriores a 1958.
- Temarios de oposiciones. Normas UNE.
- Obras o documentos inéditos. Archivos personales.
- Partituras de menos de 5 páginas.
- Fondos que por su tamaño, peso, estado de conservación o forma de encuadernación puedan resultar dañados al fotocopiarse.
SERVICIO DE DIGITALIZACIÓN
Si desea obtener copias de los documentos excluidos del autoservicio de fotocopias y que no se encuentren entre las obras que en ningún caso está permitido reproducir, puede solicitar este servicio, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
- El usuario podrá realizar las peticiones presencialmente o por correo electrónico.
- El usuario podrá pedir un máximo de 30 páginas por mes, para lo cual cumplimentará la solicitud correspondiente.
- La reproducción deberá ser autorizada por el personal bibliotecario responsable del fondo.
- No se digitalizará más del 20% de todas las obras, salvo las excepciones estipuladas para artículos de revistas y aunque se solicite en meses distintos.
- Cuando sea posible, la biblioteca suministrará las copias digitales por el procedimiento indicado por el usuario en su solicitud:
- Correo electrónico
- Grabación en cualquier dispositivo de almacenamiento electrónico que aporte el usuario.
Publicaciones excluidas del servicio de digitalización:
- Cualquier tipo de documento del que exista, además del soporte papel, un microfilm o soporte electrónico, realizado tanto por la Biblioteca Regional como por otras instituciones o bibliotecas digitales accesibles libremente a través de Internet.
- Temarios de oposiciones. Normas UNE.
- Audiovisuales.
- Obras o documentos inéditos (no publicados).
- Cualquier documento que, a juicio del personal bibliotecario responsable del fondo, presente circunstancias especiales de conservación o edición.
NORMAS PARA USO PÚBLICO O COMERCIAL
- El permiso de reproducción es válido para un solo uso, en un solo soporte o modalidad de utilización. Cualquier otra utilización o reproducción de la misma, en cualquier soporte, requerirá una nueva autorización expresa de la Biblioteca Regional de Madrid.
- El solicitante se compromete a citar la procedencia de la obra reproducida, indicando los datos de autor, título y publicación del documento, y la Biblioteca Regional de Madrid, como institución que conserva el original. Los documentos descargados de la Biblioteca Digital de Madrid se citarán, igualmente, indicando los datos de autor, título y publicación del documento, con mención de la institución que conserva el original y de la Biblioteca Digital de Madrid, incluyendo el enlace permanente al documento y la fecha de consulta.
- Esta autorización no implica ningún tipo de aval por parte de la Biblioteca Regional de Madrid ni sobre los aspectos formales ni sobre los contenidos de la publicación, sobre los que el solicitante asume igualmente la entera responsabilidad. Por ello, queda expresamente prohibido que el solicitante utilice el nombre o el logotipo de la Biblioteca Regional de Madrid con fines promocionales o publicitarios, así como la utilización de cualquier elemento que indique o sugiera la existencia de una participación de la Biblioteca Regional de Madrid en la publicación.
- Esta autorización no supone en ningún caso la concesión de ningún tipo de exclusividad a favor del solicitante para la reproducción y uso público de la obra considerada, ni para su cesión a terceros.
- De toda publicación en la que aparezcan reproducciones de fondos de la Biblioteca Regional de Madrid se deberá entregar a la misma un ejemplar.
- La entrega de los ejemplares mencionados en el punto anterior no tiene carácter de Depósito Legal, y por lo tanto no exime al solicitante del cumplimiento de las disposiciones vigentes que en esa materia pudieran corresponderle.
- Toda publicación en la que se reproduzcan fondos de la Biblioteca Regional de Madrid podrá ser objeto de inspección previa a la edición, si así lo solicita la propia institución.
- El usuario o institución solicitante será el responsable de tramitar y obtener los permisos necesarios de los titulares de los derechos de propiedad intelectual, cuando proceda.
Normas del servicio de préstamo interbibliotecario
NORMAS DEL SERVICIO DE PRÉSTAMO INTERBIBLIOTECARIO
Para usuarios particulares
- El préstamo interbibliotecario es el servicio que permite a cualquier usuario acceder a obras que no están disponibles en los fondos de bibliotecas de cualquier titularidad situadas en la ciudad de Madrid, ni en las bibliotecas municipales integradas en el catálogo regional de la Comunidad de Madrid, a cuyos fondos se pueda acceder a través del servicio de préstamo intercentros.
- Las bibliotecas que ofrecen este servicio actúan simultáneamente como centros suministradores y peticionarios de documentos (siempre a instituciones bibliotecarias de otras administraciones).
- En la Biblioteca Regional de Madrid se centraliza la gestión del préstamo interbibliotecario de la Red de Bibliotecas Públicas de la Comunidad de Madrid y de la propia Biblioteca Regional, dependientes todas de la Subdirección General del Libro, que ofrece gratuitamente este servicio.
- Cada usuario puede solicitar simultáneamente un máximo de tres documentos, originales o reproducciones, desde la Biblioteca Regional de Madrid, utilizando el formulario o por correo electrónico: interbibliotecario.brm@madrid.org. (Consultar información sobre protección de datos)
- Es importante que al realizar la solicitud de préstamo interbibliotecario se identifique bien la obra o la parte de la misma cuya reproducción se solicita, y que el usuario facilite los datos necesarios para poder contactar con él cuando se reciba la publicación o la reproducción en la Biblioteca Regional.
- Documentos originales excluidos del servicio de préstamo interbibliotecario:
- Publicaciones que se encuentren disponibles para consulta en otra biblioteca situada en la ciudad de Madrid.
- Obras de referencia.
- Temarios de oposiciones.
- Revistas.
- Ningún documento original solicitado en Préstamo Interbibliotecario puede salir de la biblioteca en préstamo domiciliario. Por esa razón, los lectores deben acudir a la Sala de consulta general (1ª planta) de la Biblioteca Regional (C/ Ramírez de Prado, 3 28045 Madrid) para la consulta de las obras.
- Cada biblioteca suministradora establecerá los plazos máximos para la devolución del documento (suelen oscilar entre 15 y 30 días).
- Este servicio es gratuito para los usuarios.
- El usuario que solicita hacer uso de este servicio se compromete a acatarlas normas que lo rigen, tanto en las bibliotecas dependientes de la Subdirección General del Libro de la Comunidad de Madrid, como en las bibliotecas suministradoras de documentos, y a utilizar las reproducciones de documentos obtenidas a través de este servicio, respetando los derechos de autor protegidos por la legislación vigente.
Para bibliotecas e instituciones
- En la Biblioteca Regional de Madrid se centraliza la gestión del préstamo interbibliotecario de las Bibliotecas Públicas de distrito y de la propia Biblioteca Regional, dependientes todas de la Subdirección General del Libro de la Comunidad de Madrid. Las bibliotecas de los municipios de la región, aunque estén integradas en el catálogo colectivo de la Comunidad de Madrid, no forman parte de este servicio. Para solicitar el servicio de préstamo interbibliotecario en estas bibliotecas es necesario que la biblioteca o institución peticionaria se dirija directamente a la biblioteca que disponga del documento a solicitar.
- Las Bibliotecas de la Comunidad de Madrid asumen las recomendaciones recogidas en el documento del Ministerio de Cultura Pautas para el uso compartido de recursos en bibliotecas públicas.
- Las peticiones deben realizarse a la siguiente dirección de correo electrónico interbibliotecario.brm@madrid.org *, independientemente de la biblioteca a cuyo fondo pertenezca el documento solicitado, o a través de la aplicación GTBib-SOD. * Consultar información sobre protección de datos
- Se realizará una solicitud por cada obra.
- Cada biblioteca podrá solicitar hasta un máximo de 5 ejemplares simultáneamente.
- Documentos excluidos del préstamo:
- Obras de referencia.
- Temarios de oposiciones.
- Normas AENOR.
- Libros excesivamente voluminosos, o que tengan un formato que haga imposible su envío por correo.
- Revistas.
- Originales de vídeos en formato DVD, VHS, casetes y vinilos.
- Cualquier obra cuyo préstamo pueda suponer un riesgo para su conservación.
- Las Bibliotecas de la Comunidad de Madrid se reservan la posibilidad de denegar el préstamo de otros documentos que estén sujetos a circunstancias especiales que lo desaconsejen.
- La duración del préstamo es de 1 mes, pudiéndose solicitar una prórroga por un mes más, siempre que se indique antes de que termine el plazo de préstamo y no sean documentos con alta demanda.
- La consulta de las obras prestadas debe hacerse en las salas de lectura de la biblioteca peticionaria. Bajo ningún concepto el documento debe salir de la biblioteca.
- Las devoluciones deben hacerse en sobres acolchados y por correo certificado a la Biblioteca Regional de Madrid (C/ Ramírez de Prado, 28045 Madrid). Los materiales deberán ser debidamente empaquetados y devueltos en el mismo estado de conservación que tenían cuando se prestaron.
- La pérdida o deterioro de una obra prestada obliga a la reposición inmediata de otro ejemplar de la obra perdida o deteriorada.
- Cuando no sea necesario el envío del original, o en el caso de los originales excluidos del préstamo, se puede solicitar reproducción parcial dentro de los límites establecidos por la legislación sobre propiedad intelectual y la normativa interna de la biblioteca.
Normas del servicio de consulta en puestos informáticos
NORMAS DE USO DEL SERVICIO DE CONSULTA EN PUESTOS INFORMÁTICOS
- La Biblioteca Regional ofrece a sus lectores equipos informáticos que permiten acceder de forma gratuita a bases de datos, Internet y programas ofimáticos. Para hacer uso de este servicio es necesario disponer del carné de las Bibliotecas de la Comunidad de Madrid y no estar sancionado.
- El uso de los ordenadores siempre respetará la legislación vigente sobre derecho a la intimidad, propiedad intelectual y cualquier otra susceptible de ser vulnerada desde los mismos.
- El usuario podrá acceder a un puesto de consulta de Internet siempre que haya un ordenador disponible. En caso de estar todos los puestos ocupados podrá solicitar en el mostrador una reserva para el primero que quede libre.
- No se permite la consulta de más de una persona por puesto.
- El uso de los ordenadores está limitado a una hora por sesión. Pudiendo volver a conectarse el usuario una vez que se reinicie el ordenador y siempre que no haya nadie en espera. El abandono del puesto por un período superior a quince minutos puede implicar la desconexión del equipo.
- Está totalmente prohibido el acceso a contenidos violentos, pornográficos, xenófobos, o a cualquiera que pueda herir la sensibilidad de otros usuarios; así como la utilización de los equipos para el envío de este tipo de contenidos. No se permite insertar CDs o DVDs propios.
- No se permite instalar ni difundir programas que puedan dañar los equipos de la Biblioteca o ajenos. En ningún caso se utilizarán códigos de identificación o claves asignados a otros.
- Está prohibido descargar archivos en el disco duro. Las descargas necesarias se realizarán en los dispositivos de almacenamiento de los usuarios, conectados al ordenador a través de los puertos USB. La Biblioteca no se hace responsable de cualquier pérdida de datos en estos dispositivos.
- No está permitida la manipulación de los equipos informáticos. Cualquier utilización incorrecta e inadecuada de los ordenadores, a juicio del personal, será objeto de penalización y de desconexión automática del equipo.
- La Biblioteca Regional no garantiza la invulnerabilidad de sus sistemas de seguridad ni tampoco la seguridad de transmisión de datos a través de la red por los usuarios.
- Si accede a páginas con sonido, deberá usar sus propios auriculares. Si no dispone de auriculares tendrá que silenciar el volumen del ordenador.
- Si desea imprimir, guarde los documentos como ficheros PDF en su dispositivo USB y diríjase a las fotocopiadoras de pago.
- Los ordenadores se desconectarán 15 minutos antes del cierre de la biblioteca, y cuando sea preciso por razones de mantenimiento o de organización de las salas. Si acaba la consulta sin agotar su tiempo, cierre la sesión, no apague el ordenador.
- Todas las salas de la Biblioteca ofrecen asimismo un servicio WiFi que permite el acceso a Internet a través de la red InternetCMBiblio, desde su propio dispositivo portátil y sin límite de tiempo. El uso de este servicio en la 3ª planta está restringido a investigadores.
- El personal de la biblioteca está a su disposición para cualquier consulta que desee formular.
- Es obligatorio respetar las indicaciones del personal del centro y las reglas existentes en la biblioteca. Los teléfonos móviles permanecerán en silencio. Si desea llamar o contestar una llamada, deberá abandonar el recinto.
LA BIBLIOTECA SE RESERVA EL DERECHO A DENEGAR EN CUALQUIER MOMENTO EL ACCESO A LOS ORDENADORES A LOS USUARIOS QUE UTILICEN LOS EQUIPOS INADECUADA O ILEGALMENTE O INCUMPLAN ESTAS NORMAS. El INCUMPLIMIENTO DE ESTA NORMATIVA PODRÁ SER OBJETO DE SANCIÓN, SIN PERJUICIO DE LAS ACCIONES LEGALES QUE SE PUEDAN TOMAR.