Negativa a la reparación

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El consumidor

Compra un reloj cuyo funcionamiento resulta ser defectuoso. Tras llevarlo tres veces a la tienda para que lo reparen en plazo de garantía, decide llevarlo al servicio técnico, donde le vuelven a remitir a la tienda. En el establecimiento, finalmente eluden continuar con la reparación, por lo que reclama una subsanación de la situación, ya que el reloj sigue sin funcionar.

La empresa

Tras las tres reparaciones efectuadas, alega que el mal funcionamiento del reloj se debe a una mala utilización por parte del consumidor. 

El colegio arbitral

Da la razón al consumidor, ya que queda acreditado que ha llevado el reloj en varias ocasiones al establecimiento dentro del periodo de garantía, y que el problema que persiste en el reloj es el mismo detectado desde el primer uso. Obliga a la empresa a reparar el reloj, ya que todavía se encuentra en el plazo de garantía.