Buscador de actividades de tratamiento de datos personales de la Comunidad de Madrid
La Comunidad de Madrid pone a su disposición el inventario de actividades de tratamiento de datos personales organizado por Responsables del tratamiento, al que se accede filtrando por las Consejerías y unidades administrativas que se muestran a la izquierda. También se pueden localizar determinadas actividades de tratamiento introduciendo palabras relacionadas con el nombre de la actividad o con su finalidad en el campo de búsqueda.
- Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior - Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal (Medio Ambiente)Actividad de TratamientoPROCEDIMIENTOS SANCIONADORES MEDIO AMBIENTEBase jurídicaRGPD 6.1 c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. RGPD 6.1 e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.LegitimaciónLey 5/2013, de 11 de junio, por la que se modifican la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación.Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.DT 1ª Ley 4/2014, de 22 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas. Ley 1/2014,de 17 de abril, de Economía Circular de la Comunidad de Madrid, entre otras.Fines del tratamientoTramitación de procedimientos sancionadores por infracción de la normativa medioambiental y seguimiento de los ingresos por las sanciones impuestasCategorías de datos personalesDatos especialmente protegidos, Datos de carácter identificativo, Datos económicos, financieros y de seguros
- Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior - Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal (Medio Ambiente)Actividad de TratamientoINSPECCIONES AMBIENTALESBase jurídicaRGPD 6.1 e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.LegitimaciónLey 5/2013, de 11 de junio, por la que se modifican la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación.Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.DT 1ª Ley 4/2014, de 22 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.Ley 1/2014,de 17 de abril, de Economía Circular de la Comunidad de Madrid, entre otras.Fines del tratamientoGestión de las inspecciones ambientales. usos correspondientes a las competencias de la dirección general, tanto en cuanto a los hechos constatados, pruebas realizadas, documentación recabada, como en cuanto a la gestión de equipos humanos y materialesCategorías de datos personalesDatos especialmente protegidos, Datos de carácter identificativo, Detalles del empleo
- Consejería de Sanidad - Hospital Universitario La PrincesaActividad de TratamientoDOCUMENTACIÓN CLÍNICABase jurídicaRGPD 6.1 c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. RGPD 6.1 e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.LegitimaciónLey 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad. Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid. Ley 41/2002, de 14 de noviembre, de autonomía del pacienteFines del tratamientoContiene todos los datos y objetos clínicos de los pacientes atendidos en cualquier instancia del hospital con fines de gestión clínico asistencialCategorías de datos personalesDatos especialmente protegidos, Datos de carácter identificativo, Características personales
- Consejería de Economía, Hacienda y Empleo - Dirección General de Economía e Industria (EHE)Actividad de TratamientoLÍNEA DE AYUDAS A SISTEMAS AÉREOS NO TRIPULADOS.Base jurídicaRGPD 6.1 e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.LegitimaciónLey Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid. Orden de 8 de junio de 2026, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas al fomento de tecnologías relacionadas con sistemas aéreos no tripulados. (BOCM Núm. 144 de 19.06.2026)Fines del tratamientoGestionar las solicitudes de la línea de ayudas a empresas para apoyar la adquisición, integración y utilización de sistemas aéreos no tripulados.Categorías de datos personalesDatos de carácter identificativo
- Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior - Dirección General de Emergencias (ASEM)Actividad de TratamientoACTIVIDADES DE FORMACIÓN PROFESIONAL REGLADA , DE FORMACIÓN UNIVERSITARIA Y DE FORMACION CON CENTROS FORMATIVOS DE OTRAS INSTITUCIONES PÚBLICAS O PRIVADAS.Base jurídicaRGPD 6.1 e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.LegitimaciónLey Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional; Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional; Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad; Decreto Legislativo 1/2006, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley por la que se regulan los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos de la Comunidad de Madrid.Fines del tratamientoGestión y desarrollo de las actividades formativas realizadas al amparo de convenios firmados con Institutos de Formación Profesional Reglada, con centros universitarios y con centros formativos de otras instituciones públicas o privadas.Categorías de datos personalesDatos de carácter identificativo, Datos académicos y profesionales
- Consejería de Sanidad - Dirección General Asistencial (Sermas)Actividad de TratamientoDOCUMENTACIÓN CLÍNICABase jurídicaRGPD 6.1 c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. RGPD 6.1 e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.LegitimaciónLey 14/1986 de 25 de abril, General de Sanidad. Acuerdo 5/14-12-97 del Consejo Interterritorial del SNS. Decreto 89/1999 de 10 de junio por el que se regula el CMBD al alta hospitalaria y cirugía ambulatoria de la CM. Real Decreto 69/2015 de 6 de febrero que regula el Registro de Actividad Sanitaria de Atención Especializada. Ley 41/2002 de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. Instrucciones anuales de actualización de los SSII. Ley 6/2009, de 16 de noviembre, de Libertad de Elección en la Sanidad de la Comunidad de Madrid.Fines del tratamientoAnálisis y explotación de datos de los Sistemas de Información de Asistencia Especializada y Lista de Espera Diagnóstica. Generación de cuadros de mando e informes como herramientas de gestión. Mi Carpeta de Salud. Citas sucesivas. Estudios e Investigación. Finalidad asistencial.Categorías de datos personalesDatos especialmente protegidos, Datos de carácter identificativo, Características personales
- Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior - Dirección General de Emergencias (ASEM)Base jurídicaRGPD 6.1 c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. RGPD 6.1 e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.LegitimaciónDecreto Legislativo 1/2006, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley por la que se regulan los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos de la Comunidad de Madrid; Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales07/05/2026; Acuerdo de 23 de julio de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba expresa y formalmente el Acuerdo de 10 de julio de 2025, de la Mesa Sectorial de Personal Funcionario de Administración y Servicios de la Administración de la Comunidad de Madrid, por el que se regulan las condiciones de trabajo del personal del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid para el período 2025-2028. Acuerdo de 28 de abril de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba expresa y formalmente el Acuerdo de 26 de abril de 2021, de la Mesa Sectorial de Negociación del Personal Funcionario de Administración y Servicios, por el que se establecen puntos de mejora en la prestación del servicio y las condiciones laborales del Cuerpo de Agentes Forestales de la Comunidad de Madrid para el período 2021-2025.Fines del tratamientoCuidado y control de la salud y del estado físico y gestión de IT por accidente de trabajo del personal del Cuerpo de Bomberos. Cuidado y control de la salud del personal laboral INFOMA. Cuidado y control de la salud y estado físico del personal del Cuerpo de Agentes Forestales.Categorías de datos personalesDatos especialmente protegidos, Datos de carácter identificativo, Características personales, Detalles del empleo
- Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local - Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Adm. de Justicia (P.J.AL)Actividad de TratamientoGESTIÓN DE PERSONALBase jurídicaRGPD 6.1 b) el tratamiento es necesario para la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte o para la aplicación a petición de este de medidas precontractuales. RGPD 6.1 c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. RGPD 6.1 e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.LegitimaciónArt 470 y Art 471.1 Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público. Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Ley 1/1986, de Función Pública de la Comunidad de Madrid. Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Convenio Colectivo Único para el personal laboral de la Administración de la Comunidad de Madrid. Acuerdo de la Mesa Sectorial del Personal Funcionario de Administración y Servicios, sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid, Decreto 50/2001, de 6 de abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de la Comunidad de Madrid. Orden de 20 de febrero de 2024, del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local por la que se delega en el titular de la Viceconsejería de Justicia y Víctimas la aprobación de las convocatorias y resolución de las mismas, para la selección de funcionarios interinos. Acuerdo sectorial para el personal funcionario de la C. de Madrid al servicio de la Administración de Justicia 2024-2027.Fines del tratamientoGestión económica administrativa de los procedimientos en materia de personal: procesos de provisión y selección de personal, prestaciones sociales y asistenciales, control horario, gestión de permisos y licencias, tramitación IT, gestión de nómina y seguros sociales, formación, régimen disciplinario, reclamaciones y recursos. Gestión de las solicitudes asociadas al régimen de teletrabajo. Asimismo, comprende la gestión del alta inicial, habilitación, activación, comunicación y, en su caso, recuperación de credenciales de acceso a aplicaciones y sistemas corporativos necesarios para el desempeño del puesto por el personal al servicio de la Administración de Justicia en el ámbito de la Comunidad de Madrid, incluyendo el envío de avisos operativos o mensajes de activación/primer acceso a los medios de contacto facilitados por la persona interesada.Categorías de datos personalesDatos especialmente protegidos, Datos de carácter identificativo, Características personales, Circunstancias sociales, Datos académicos y profesionales, Detalles del empleo, Datos económicos, financieros y de seguros, Transacciones de bienes y servicios
- Consejería de Economía, Hacienda y Empleo - Dirección General de Trabajo (EHE)Actividad de TratamientoTRAMITACIÓN DE EXPEDIENTES DE CONCILIACIÓNBase jurídicaRGPD 6.1 c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. RGPD 6.1 e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.LegitimaciónLO 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la CM. Real Decreto Legislativo 2/2015, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.Fines del tratamientoTramitación de los expedientes de conciliaciópn entre trabajadores y empresas afectadas por conflictos laborales, como requisito previo para, en su caso, acceder a la jurisdicción socialCategorías de datos personalesDatos de carácter identificativo, Detalles del empleo, Datos económicos, financieros y de seguros
- Consejería de Economía, Hacienda y Empleo - Dirección General de Trabajo (EHE)Actividad de TratamientoGESTION DE LA CITA PREVIA PARA SERVICIOS DEL SMACBase jurídicaRGPD 6.1 c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. RGPD 6.1 e) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.LegitimaciónLO 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la CM. Estatuto de los Trabajadores Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.Fines del tratamientoGestión de la Cita Previa por Internet para la atención presencial relativa a servicios del SMAC.Categorías de datos personalesDatos de carácter identificativo