Toda la información sobre la Comisión Jurídica Asesora
Órgano colegiado superior consultivo de la Comunidad de Madrid.
La Comisión
La Comisión Jurídica Asesora, creada por la Ley 7/2015, de 28 de diciembre, de Supresión del Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, es el órgano colegiado superior consultivo de la Comunidad de Madrid.
Tiene su antecedente en el Consejo Consultivo de la Comunidad de Madrid, creado por la Ley 6/2007, de 21 de diciembre, que ejerció la función consultiva desde 2008 hasta 2015.
La función consultiva se articuló a través de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoséptima de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (actualmente, artículo 7 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público).
Ejerce la función consultiva con autonomía jerárquica, orgánica y funcional, con plena independencia en el ejercicio de sus competencias para garantizar su objetividad e imparcialidad.
Vela por la observancia de la Constitución, del Estatuto de Autonomía y del resto del ordenamiento jurídico.
Es el superior órgano consultivo:
- De la Administración de la Comunidad de Madrid, sus organismos autónomos y entidades de derecho público dependientes de la misma.
- De las Entidades Locales y de los organismos y entidades de Derecho Público de ellas dependientes.
- De las Universidades Públicas madrileñas.
Composición
La Comisión Jurídica Asesora está compuesta por diez Letrados Vocales.
Los letrados vocales se designan por Decreto del Consejo de Gobierno, entre Letrados de la Comunidad de Madrid, funcionarios de carrera, con más de diez años de antigüedad, adscritos a la Abogacía General de la Comunidad de Madrid.
La selección de los letrados vocales se realiza mediante concurso, de acuerdo con los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, adecuándose al criterio de paridad entre hombres y mujeres.
Los letrados vocales desempeñan su función por períodos de seis años y pierden su condición por la expiración del período por el que fueron nombrados y por las causas previstas en el EBEP para la pérdida de la condición de funcionario público.
El presidente de la Comisión Jurídica Asesora se nombra por Decreto del Consejo de Gobierno, de entre los letrados vocales y a propuesta de éstos.
El secretario y, en su caso, el vicepresidente, se nombran por acuerdo del Pleno de la Comisión Jurídica Asesora, a propuesta del Presidente.
Presidenta: Rocío Guerrero Ankersmit
Vicepresidenta: Ana Sofía Sánchez San Millán
Secretaria: Carmen Cabañas Poveda
Letrada Vocal: Rosario López Ródenas
Letrado Vocal: Francisco Javier Izquierdo Fabre
Letrada Vocal: Silvia Pérez Blanco
Letrado Vocal: Carlos Hernández Claverie
Letrado Vocal: Javier Espinal Manzanares
Nombramientos de los Letrados Vocales:
Decreto 20/2016, de 15 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se resuelve la convocatoria aprobada mediante Orden 130/2016, de 26 de enero, del Consejero de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión de Letrados Vocales de la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid y se nombran Letrados Vocales.
Decreto 69/2019, de 23 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se resuelve la convocatoria aprobada mediante Orden 922/2019, de 26 de marzo, del Vicepresidente, Consejero de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión de Letrados Vocales de la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid y se nombran Letrados Vocales.
Decreto 57/2020, de 16 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se resuelve la convocatoria para la provisión de un Letrado Vocal de la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid, aprobada mediante la Orden 38/2019, de 14 de noviembre, del Vicepresidente, Consejero de Deportes, Transparencia y Portavoz del Gobierno y se nombra un Letrado Vocal.
Decreto 120/2020, de 23 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra a un Letrado Vocal de la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid.
Nombramiento de la Presidenta:
Decreto 22/2016, de 22 de marzo, del Consejo de Gobierno (BOCM 70, de 23 de marzo).
Competencias
La Comisión Jurídica Asesora debe ser consultada en todo aquellos asuntos que, por Ley, resulte preceptiva la emisión de dictamen por la Administración consultiva (consultas preceptivas).
Además, el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid o su Presidencia podrán recabar el dictamen de la Comisión Jurídica Asesora en aquellos otros asuntos que lo requieran por su especial trascendencia o repercusión (consultas facultativas).