Estimatoria

Resolución número 181/2020

Número de Resolución: 
181/2020
Fecha: 
Jueves, 23 Julio, 2020

Estimación de recurso contra un contrato de servicios de mantenimiento. El PCAP requiere de la aportación como medio material de una nave. Por su parte la radicación de la nave es objeto de valoración objetiva. La oferta del recurrente conlleva la adscripción de una nave en el término municipal del órgano de contratación, aportando un compromiso de arrendamiento. Pero no es valorado este criterio por no aportar la documentación necesaria para comprobar que puede ser utilizada (licencias).

Resolución número 180/2020

Número de Resolución: 
180/2020
Fecha: 
Jueves, 23 Julio, 2020

Estimación de recurso contra un contrato de servicios de mantenimiento. El PCAP requiere de la aportación como medio material de una nave. Por su parte la radicación de la nave es objeto de valoración objetiva. La oferta del recurrente conlleva la adscripción de una nave en el término municipal del órgano de contratación, aportando un compromiso de arrendamiento. Pero no es valorado este criterio por no aportar la documentación necesaria para comprobar que puede ser utilizada (licencias).

Resolución número 179/2020

Número de Resolución: 
179/2020
Fecha: 
Jueves, 23 Julio, 2020

Estimación de recurso especial contra adjudicación de contrato de servicios a proposición incursa en valor anormal o desproporción según lo dispuesto en el art. 85 del RGLCAP, sin que se haya seguido el procedimiento previsto en el artículo 149 de la LCSP. Anulación de adjudicación con retroacción de actuaciones.

Resolución número 164/2020

Número de Resolución: 
164/2020
Fecha: 
Miércoles, 8 Julio, 2020

Estimación de recurso contra un contrato de suministro de reactivos para analíticas de patologías y su correspondiente equipo analizador. El PCAP establece como mejora la aportación de reactivos y equipos para efectuar análisis sobre patologías no descritas en el PPTP. Por lo tanto la mejora no está vinculada al objeto del contrato contraviniendo lo establecido en el art. 145.7. Se procede a la anulación de los pliegos de condiciones.

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