Resolución número 443/2019
Contrato de servicio de un sistema de trazabilidad de pacientes en el hospital. La exigencia de comunicación por bluetooth no puede considerarse restrictiva de la concurrencia. Es un sistema estándar.
Contrato de servicio de un sistema de trazabilidad de pacientes en el hospital. La exigencia de comunicación por bluetooth no puede considerarse restrictiva de la concurrencia. Es un sistema estándar.
Desestimación recurso especial por extemporáneo.
Desestimación de recurso contra la adjudicación de un contrato de servicios, basándose en la falta de habilitación profesional del adjudicatario. Pretende la recurrente que había caducado la inscripción de la empresa en el Registro de fertilizantes días después de la adjudicación, esta empresa se encuentra inhabilitada. La adjudicataria demuestra la solicitud de renovación de la inscripción presentada meses atrás, siendo esta la forma de validar la primera inscripción, por lo que se considera cumplido este requisito.
Desestimación recurso especial. El adjudicatario cumple las prescripciones técnicas de los Pliegos. Introducción en sobre nº 1 criterios sometidos a fórmulas, no afecta a la objetividad de la valoración por el órgano de contratación al no existir criterios sometidos a juicio de valor.
Discrecionalidad técnica del órgano de contratación en “servicio de migración de los productos bmc instalados en el centro de operaciones de mantenimiento y de monitorización de instalaciones y telecomunicaciones (commit)”.
Desestimación no subsanación en plazo. Basta la publicación de la subsanación en el Portal de Contratación, no exigiendo el artículo 141. 2 de la LCSP la notificación, aun cuando fuera aconsejable acompañarla de la notificación. Voto particular: no cabe tramitar como recurso especial en materia de contratación lo que es un recurso de reposición contra el acuerdo de la Mesa de Contratación.
Desestimación de recurso sobre un contrato de servicios que excluye una oferta por ser inferior en un 10% al PBL. El PCAP establece un umbral de saciedad de un 10% del PBL, pero no ha sido impugnado, porque sin entrar a valorar la mencionada cláusula debe desestimarse pues ha sido correctamente aplicada.
Desestimación de recurso contra exclusión de licitador en contrato de suministro. Improcedencia de conceder doble plazo de subsanación. Evidente errata en el inicial requerimiento de documentación. Retirada de oferta por no cumplimentar la documentación exigida en los plazos de presentación y subsanación. Artículos 1, 132.1, 140 y 150.2 de la LCSP y cláusulas 10, 15 y 16 del PCAP.
Desestimación recurso especial contra la exclusión por baja temeraria. El informe cumple las formalidades jurídicas con suficiente motivación reforzada consideran la baja del 65,71 %.
Desestimación de recurso contra un contrato de suministros para un Ayuntamiento. La notificación del requerimiento de la documentación que establece el artículo 150.2, efectuado en sede electrónica no es admitido en el plazo de diez días naturales. La resolución analiza si se trata de un rechazo o de una presunción de conocimiento del contenido de la documentación así como de los efectos de una oferta rechazada.