Resolución número 043/2015
Desestimación de recurso contra la adjudicación de un contrato de mantenimiento de gammacámaras. El adjudicatario acreditó la formación para el mantenimiento de los equipos.
Desestimación de recurso contra la adjudicación de un contrato de mantenimiento de gammacámaras. El adjudicatario acreditó la formación para el mantenimiento de los equipos.
Desestimación de recurso contra exclusión de la recurrente del procedimiento de licitación de contrato de servicios al contener la justificación de la oferta una modificación de la misma.
Estimación de recurso contra acuerdo de la mesa de tener por no efectuadas las ofertas en procedimiento de licitación de contrato de servicios, por no incluir mención expresa al IVA en la oferta por defecto en el modelo, al poder interpretarse sin modificar las ofertas, que las mismas eran IVA excluido. Improcedencia de aclaración de ofertas en este momento procedimental.
Inadmisión de recurso contra la exclusión de la recurrente de licitación de contrato de servicios por extemporáneo.
Inadmisión de recurso contra exclusión de la recurrente de procedimiento de licitación de contrato de servicios por falta de legitimación activa al haber solicitado la devolución de toda la documentación presentada, lo que determina la imposibilidad de retroacción del procedimiento, a pesar de la imposibilidad de acreditación de la recepción de las notificaciones del órgano de contratación. Nulidad de todo el procedimiento inexistente. (d)
Estimación de recurso contra la exclusión de una empresa que no hizo constar el importe global del contrato. El criterio de adjudicación es el importe global ofertado, siendo necesario indicar los precios unitarios de las distintas prestaciones a efectos de la facturación mensual. Es posible aclarar y conocer el importe total mediante una operación matemática de multiplicación del número de horas máximo previsto como prestación por el precio unitario ofrecido.
Estimación de recurso contra la exclusión de la licitación de contrato de servicios de una empresa que no hizo constar el importe global ofertado. El criterio de adjudicación es el importe global ofertado, siendo necesario indicar los precios unitarios de las distintas prestaciones a efectos de la facturación mensual. Es posible aclarar y conocer el importe total mediante una operación matemática de multiplicación del número de horas máximo previsto como prestación por el precio unitario ofrecido.
Estimación de recurso contra exclusión de la recurrente del procedimiento de licitación de contrato de servicios como consecuencia de la exigencia, como solvencia o documentación técnica, de requisitos no contemplados en el pliego. Exigencia derivada del establecimiento del precio como único criterio de adjudicación.
Desestimación del recurso contra adjudicación de contrato de servicios. Correcta apreciación de la temeridad de la oferta presentada.
Estimación de recurso contra los pliegos de un suministro de material fungible y equipamiento para la fase pre analítica de los laboratorios. Agrupación indebida en un solo lote. No se pueden imponer entregas gratuitas de equipamiento se que financian con cargo a los fungibles. Determinación de las prescripciones técnicas que no limiten el acceso a la competencia: referencia a marcas o tipos, volúmenes, productos exclusivos, colores de contenedores y dispositivos.