Resolución número 586/2021
Inadmisión recurso especial contra adjudicación de contrato en base a que su valor estimado es inferior a 100.0000 euros.
Inadmisión recurso especial contra adjudicación de contrato en base a que su valor estimado es inferior a 100.0000 euros.
Inadmisión recurso especial por falta de legitimación del recurrente. No se aprecia interés legítimo para recurrir, ya que la posible estimación no afecta ni mejora su posición en la licitación.
Se inadmite el recurso por falta de legitimación. El recurrente está clasificado en cuarto lugar y no realiza ninguna alegación respecto de los dos licitadores mejor clasificados que él, por lo que ante una hipotética estimación del recurso no obtendría ningún beneficio.
Inadmisión. Falta legitimación activa partido político sin representación en el Ayuntamiento. Falta de legitimación como vecino.
Inadmisión recurso especial contra la adjudicación. Recurrente clasificado en quinto lugar. Falta de legitimación por carecer de interés legítimo.
Desestimación del recurso. El licitador no presenta la documentación que le fue requerida.
Inadmisión recurso especial contra la adjudicación. Recurrente clasificado en quinto lugar. Falta de legitimación por carecer de interés legítimo.
Desestimación de recurso que pretende la admisión y adjudicación de su oferta que previamente ha sido excluida por el o.c. Los defectos que acumula la presentación de la oferta, la determinación de la entidad licitadora y la subsanación de defectos a nombre de otra mercantil de la que se desconoce si forma parte del mismo grupo empresarial o no, conlleva la exclusión de la oferta por falta de subsanación en plazo y forma.
Inadmisión de recuso contra propuesta de adjudicación de contrato de servicios. Sindicato recurre formalmente contra la propuesta de adjudicación, impugnando sustancialmente los criterios de adjudicación de uno de los lotes recogidos en el PCAP. Impugnación de acto no recurrible, careciendo de legitimación "ad causam", con pretensión extemporánea, vulnerando lo dispuesto en los arts. 44, 48, 50 y 55 LCSP.
Inadmisión recurso por falta de legitimación. Empresa excluida de la licitación, sin que cuestione esta circunstancia. No hay posibilidad de que la licitación quede desierta al existir otro licitador admitido cuya oferta no ha sido cuestionada.