Resolución número 274/2024
Reclamación contra la modificación de un contrato de gestión de servicios. Desestimación. Lo modificado cumple los requisitos del apartado 2 b) del artículo 111.2 del RDL 3/2020 al concurrir causas sobrevenidas.
Reclamación contra la modificación de un contrato de gestión de servicios. Desestimación. Lo modificado cumple los requisitos del apartado 2 b) del artículo 111.2 del RDL 3/2020 al concurrir causas sobrevenidas.
Modificación del contrato. Reclamación contra modificado de un contrato de gestión de lodos del Ayuntamiento de Madrid. Desestimación. El modificado cumple las exigencias del apartado 2, letra d) del artículo 11 del RD-LCSE como modificación no sustancial.
Inadmisión de recurso contra propuesta de exclusión de oferta incursa en presunción de anormalidad, al tratarse de un acto de trámite no cualificado, pues requiere su aceptación por el órgano de contratación. Acto no recurrible.
Propoiciones de los licitadores. Desestimación de recurso. Se comprueba que la recurrente no aportó la documentación de su oferta conforme a pliegos, por lo que no fue valorada, siendo esta la consecuencia prevista.
Modificación Oferta. Estimación de recurso contra adjudicación por incumplimiento prescripciones técnicas de la oferta del adjudicatario, que además de quedar confirmado a través del examen de la documentación técnica, es confirmado por adjudicatario, que pretende alegar error de aportación documental, cuando lo que hace es modificar oferta cambiando referencia del producto.
Inadmisión por cuantía. Inadmisión de recurso contra adjudicación que no se ha producido en el marco de un contrato de concesión de servicios cuyo valor estimado asciende a 16.800. Acto no recurrible en el marco de contrato no recurrible a través de recurso especial.
Subsanación. Estimación de recurso contra el acuerdo expreso de admisión de ofertas en un procedimiento donde concurren sólo dos licitadores. Se estima pues se permitió subsanar la falta de aportación de muestras que, conforme a pliego, era obligatoria, formando parte de la oferta valorable.
Inadmisión por incompetencia del Tribunal, IFEMA forma parte del sector público, pero no es poder adjudicador, por lo que no cabe recurso especial en materia de contratación contra sus actos.
Estimación parcial. Impresión de títulos y copias electrónicas. Prescripciones técnicas. Diferencia entre títulos oficiales y títulos propios. Concepto de copia electrónica auténtica. Criterios de adjudicación. Definición del objeto del contrato. CPV. División en lotes. Presupuesto de contratación.
Considera la recurrente que la adjudicataria debe ser excluida del procedimiento de licitación por haber incluido en el sobre B información del sobre C. Al respecto decir que la exclusión no es automática, por lo que hay que analizar caso por caso la incidencia que puede tener el conocimiento de esa información al valorar los criterios de juicio de valor. En el presente supuesto no se aprecia que haya podido influir en la valoración por lo que se desestima el recurso.