Resolución 092/2026
La oferta se presenta fuera del plazo establecido. No se acredita un mal funcionamiento de la Plataforma de Contratación del Sector Público, por lo que la causa es imputable a la recurrente. Procede la inadmisión de la oferta.
La oferta se presenta fuera del plazo establecido. No se acredita un mal funcionamiento de la Plataforma de Contratación del Sector Público, por lo que la causa es imputable a la recurrente. Procede la inadmisión de la oferta.
No motivación de la propuesta de adjudicación por apartarse de los informes técnicos de valoración. Valoración de mejoras no previstas en los pliegos. Criterios de adjudicación no claros en los pliegos. Aclaración de las ofertas economicas después de abiertas. Nulidad de todo el procedimiento por falta de motivación
No motivacion de la propuesta de adjudiciacion por apartarse de los informes tecnicos de valoracion. Valoracion de mejoras no previstas en los pliegos. Criterios de adjudicacion no claros en los pliegos. Aclaracion de las ofertas economicas despues de abiertas. Nulidad de todo el procedimiento por falta de motivacion
Presupuesto base de licitación. Acto de trámite cualificado. Exclusión de la recurrente porque el programa económico presentado en la oferta supera el presupuesto base de licitación. Esta causa está determinada en el PCAP.
Desestimación recurso contra exclusión y contra adjudicación. Incumplimiento prescripciones técnicas.
Inadmisión de recurso por basarse en materia urbanística ajena a la contratación administrativa. Falta de interés legítimo de la recurrente.
Inadmisión del recurso por basarse en materia urbanística ajena a la contratación pública. Falta de interés legítimo del recurrente.
Desestimación de recurso del COAM contra los pliegos de la Concesión de las obras y mantenimiento de la Ciudad de la Justicia. El recurrente pretende variar el tipo de contrato, basándose en los postulados de la Ley de Calidad de la Arquitectura. Se desestima en base a la competencia del órgano de contratación para definir sus necesidades (artículo 28), establecer el objeto del contrato (artículo 99) y utilizar el procedimiento que considere más adecuado según su discrecionalidad técnica.
Desestimación concesión y explotación de obra pública de viviendas de alquiler. Incumplimiento de la propuesta respecto de las prescripciones técnicas del anteproyecto de obra.
Estimación. Las prescripciones técnicas son las especificaciones de una empresa. Infracción artículos 1, 126 y 132 LCSP. No hay especificaciones "equivalentes". La solvencia técnica con umbral sobre el presupuesto está prevista en la norma.